La suspensión del cargo de alcalde de Daniel Quintero ha generado revuelo a nivel nacional luego de la decisión de la Procuraduría General de la Nación tras abrirle una investigación por presunta participación en política.
En medio de la polémica ya varios personajes de la política colombiana se han declarado en apoyo al alcalde Daniel Quintero, exponiendo que la decisión de la Procuraduría, anunciada precisamente por la procuradora, Margarita Cabello, sería irregular.
También le puede interesar: “Abajo la tiranía de Uribe”: con pancartas, protestan por la salida de Quintero de la Alcaldía de Medellín
Este es el caso de Gustavo Petro, actual candidato presidencial de la coalición del Pacto Histórico, que dijo que esta decisión representaría un “golpe de Estado”. Al enterarse de lo sucedió, el candidato trinó: “Golpe de Estado en Medellín. Le pido a toda la ciudadanía y a la CIDH defender el voto popular. La procuraduría no puede evadir el mandato popular”.
Y luego continuó: “Ya un procurador fascista me suspendió siendo alcalde y la sentencia de la CIDH fue tajante: un órgano administrativo no puede suspender los efectos del voto ciudadano. La procuradora, buscando ayudar al candidato presidencial de Duque, ha roto la Convención Americana”.
La discusión ya escaló a eslabones internacionales, pues la organización Human Rights Internacional se pronunció al respecto y acotó que la decisión tomada por la Procuraduría le causa especial preocupación, pues violaría una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
También le puede interesar: Gustavo Petro calificó de “golpe de Estado” decisión contra Daniel Quintero
“Vemos con preocupación la decisión tomada por parte de la @PGN_COL en contra del Alcalde de Medellín: Daniel Quintero (@QuinteroCalle). Esta decisión es un clara violación e incumplimiento a la Sentencia dada por la @CorteIDH el 8 julio de 2020”, fueron las palabras de la organización.
La ONG internacional también explicó que el artículo 23 de este mandato internacional “es claro en el sentido de que dicho instrumento no permite que órgano administrativo alguno pueda aplicar una sanción que implique una restricción”. Además de esto, HRI acota que estas decisiones solo se pueden tomar únicamente por medio de un acto jurisdiccional, es decir, una sentencia de un juez competente.