El caso de Daneidy Barrera, conocida en redes sociales como Epa Colombia, sigue generando controversia tras su condena por los disturbios en Transmilenio. Recientemente, el presidente Gustavo Petro solicitó que la influenciadora pudiera beneficiarse de la Ley 2293 de 2023, también conocida como Ley de Utilidad Pública, con el fin de que pudiera salir de la cárcel El Buen Pastor bajo ciertas condiciones. Sin embargo, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, ha explicado por qué este beneficio no sería aplicable en su caso.
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¿Qué establece la Ley de Utilidad Pública?
La Ley de Utilidad Pública fue diseñada para ofrecer una oportunidad a mujeres en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas que son cabeza de familia y cuya condena no exceda los ocho años de prisión. Según la ministra Buitrago, “la Ley de Utilidad Social es muy especial, la cual saca el Gobierno para las mujeres que son madre cabeza de familia y que tienen además una marginalidad relacionada con el hecho. Es una apuesta al cambio de paradigma porque muchas mujeres están delinquiendo por necesidad”. En el caso de Epa Colombia, Buitrago aclaró que, aunque la influenciadora es madre, no califica bajo las condiciones de la ley, ya que no ha demostrado que su situación de vida se derive de factores como la pobreza extrema o la necesidad.
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Ministra de Justicia explica por qué Epa Colombia no puede acceder a la Ley de Utilidad Pública
El presidente Gustavo Petro, en su cuenta de X (anteriormente Twitter), expresó que Epa Colombia, al ser madre cabeza de familia, debería ser beneficiada por esta ley, lo que le permitiría salir de la cárcel diariamente. “Esta mujer, al ser madre, cabeza de familia, está resguardada por la ley que hizo aprobar en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel. Le solicito a la ministra de justicia ante el Inpec, aplicar la ley”, escribió Petro.
La ministra Buitrago fue clara al señalar que para que una persona pueda acogerse a esta ley, deben cumplirse varios requisitos. “Se debe probar que el delito cometido no tiene una pena superior a los ocho años de prisión”, explicó. Además, agregó que el proceso de sustitución de pena o acceso a esta medida debe ser evaluado y aprobado por un juez de ejecución de penas, no por una autoridad administrativa como lo es el Ministerio de Justicia.
¿Quién tiene la última palabra?
Este asunto ha generado una serie de debates sobre la aplicación de la ley. Expertos como el exjefe del CTI, Julián Quintana, también se han pronunciado al respecto. Quintana cuestionó la intervención del presidente y recalcó que “los únicos facultados por la ley para determinar si Epa Colombia puede salir de la prisión son los jueces de ejecución de penas, no la Ministra de Justicia”.
Cuál fue el fallo de la Corte Suprema en el caso de Epa Colombia
Daneidy Barrera fue sentenciada por la Corte Suprema de Justicia, principalmente por los delitos de incitación al terrorismo, a raíz de los disturbios que protagonizó en el sistema de transporte público Transmilenio. En días recientes, su defensa intentó interponer dos tutelas para que fuera liberada, pero ambas fueron rechazadas por los tribunales. A pesar de los esfuerzos por modificar su situación judicial, la Corte mantiene su decisión en firme, lo que deja en suspenso cualquier posible cambio en su condena.