La cuota de administración es un componente clave de los gastos mensuales de los arrendatarios en Colombia. Esta cuota cubre los costos asociados al mantenimiento, seguridad y conservación de las áreas comunes de los conjuntos residenciales, pero ¿cuándo y cómo puede aumentar?
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La cuota de administración se establece y ajusta según las decisiones de la asamblea de copropietarios. Esta reunión, que debe celebrarse al menos una vez al año, es el órgano encargado de aprobar el presupuesto anual del conjunto residencial, así como cualquier incremento en las cuotas. Las decisiones que allí se toman están orientadas a cubrir las necesidades del conjunto, como mantenimiento y mejoras en las instalaciones.
Es importante señalar que en Colombia no existe una norma específica que regule el aumento de las cuotas de administración, por lo que estas modificaciones dependen del consenso de los copropietarios y de las circunstancias financieras del conjunto.
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Factores que pueden justificar el aumento en el arriendo
Existen varios factores que pueden influir en el aumento de la cuota de administración. Uno de los principales es la inflación, que afecta directamente los costos de los bienes y servicios necesarios para el mantenimiento del inmueble. En 2025, si la inflación del año anterior fue del 5,2%, es probable que la cuota de administración se incremente en un porcentaje similar para ajustar el presupuesto a los costos adicionales.
Otro factor relevante es el aumento del salario mínimo. En 2025, este se incrementó en un 9,54%, lo que podría reflejarse en un ajuste proporcional de la cuota de administración para cubrir los salarios del personal de mantenimiento, seguridad y otros servicios esenciales.
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Además, las necesidades particulares del conjunto residencial, como reparaciones importantes, mejoras en la infraestructura o la implementación de nuevas medidas de seguridad, también pueden justificar aumentos en la cuota de administración.
¿Cuándo puede aumentar la cuota de administración?
La cuota de administración puede ser ajustada a partir de la fecha en que se realice la reunión de la asamblea general de copropietarios, según explica Lida Patricia Suárez, abogada experta en propiedad horizontal. En la mayoría de los conjuntos residenciales, la convocatoria a esta reunión se lleva a cabo entre enero y marzo, siendo el 31 de marzo la fecha límite para realizarla.
Si no se convoca a tiempo, se debe organizar una reunión extraordinaria. Una vez que la asamblea aprueba el aumento, el nuevo valor de la cuota de administración comenzará a regir inmediatamente.
Derechos y responsabilidades de los arrendatarios
Según la Ley 820 de 2003, los arrendatarios deben cumplir con el pago de la cuota de administración si así está establecido en su contrato de arrendamiento. Sin embargo, cualquier incremento en esta cuota debe estar justificado y aprobado por la asamblea. Los arrendatarios tienen derecho a conocer los detalles del presupuesto y los gastos del conjunto, e incluso pueden participar en las asambleas para expresar sus opiniones sobre los aumentos propuestos.