La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra de Andrés Eduardo Gómez Martínez y John Manuel Oviedo Pérez, exalcalde de Sincelejo y secretario de Gobierno y Seguridad quienes omitieron adelantar, durante los años 2022 y 2023, las acciones pertinentes para la implementación de un albergue temporal y/o reubicación de las víctimas de desplazamiento forzado ocupantes de las invasiones Cielo Azul, La Vega y San Miguel. Esta omisión conllevó al incumplimiento y suspensión indefinida de las ordenes de desalojo decretadas por los inspectores de policía tercero y cuarto de Sincelejo.
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El Ministerio Público logró determinar que a los disciplinados les correspondía cumplir con la ejecución de las tres órdenes de desalojo decretadas desde el año 2021, donde de manera previa era necesario garantizar un albergue temporal para reubicar a la población víctima de desplazamiento con carencias graves de alojamiento, esto según las reglas dispuestas por la Corte Constitucional en la sentencia SU-016 de 2021. Además, no les era permitido suspender de forma indefinida los operativos de desalojo, pues por disposición de la misma Corte, ello solo procede por el tiempo determinado que lleve la reubicación.
En este caso, no se evidenciaron acciones por parte de la administración municipal para la constitución del albergue, la entrega de subsidios, ni las gestiones para obtener apoyo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas para la implementación de tales medidas. Todo esto contribuyó a la suspensión indefinida de las ordenes de policía, situación que obstruyó el alcance del derecho a la vivienda digna de los ocupantes de los asentamientos irregulares, incentivando así la ilegalidad.
Por otra parte, esto generó una carga desproporcionada para los propietarios de los bienes que activaron las vías jurídicas institucionales para su recuperación de forma oportuna, y a quienes a la fecha aún no se les ha resuelto esta situación. Finalmente, en este caso, además se desconoció el interés general que radica en la protección de bienes públicos, pues dentro de los predios invadidos se encuentra un lote propiedad del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Sincelejo.