El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la resolución 12509 del 2024, creó una nueva categoría de visa para la población venezolana, llamada V-Visitante Especial, esto con la finalidad de avanzar en la regulación de la migración venezolana en Colombia.
PUBLICIDAD
Le puede interesar: “La única forma de dar un salto en ingreso en el país es hacer la transformación digital”: Mauricio Lizcano, MinTIC
Este nuevo documento busca que los ciudadanos del país venezolano que hayan ingresado a Colombia de forma irregular, puedan permanecer por un tiempo mientras aplican a otra categoría de visa, esto depende si deciden quedarse de forma permanente en territorio colombiano. Cabe resaltar que también existe la visa de migrante, residente permanente y de visita tradicional.
La V-Visitante Especial, aplica para los venezolanos que hayan ingresado a Colombia antes de la fecha de publicación de la resolución 12509, o sea, antes del 04 de diciembre del 2024. Este documento tendrá una permanencia de dos años desde el día que el ciudadano lo expida.
“Ese tiempo se considera amplio y suficiente para que la población venezolana adulta regularice su estatus migratorio ante las autoridades colombianas”, se lee en la resolución.
¿Cuáles son los requisitos para la visa V-Visitante Especial?
- Acta de verificación y compromiso expedida por Migración Colombia.
- Carta de solicitud de visa firmada por el nacional venezolano manifestando la ocupación o actividad que realiza o pretende realizar en el país, acompañada de documentos que la soporten. En caso de no contar con pasaporte venezolano vigente, se deberá incluir en la carta los motivos de la circunstancia.
Esta visa también concede un permiso de trabajo para cualquier actividad lícita por cuenta propia o a través de vinculación laboral o de prestación de servicios, como acceso a la oferta educativa, si cuenta con la normatividad colombiana.
¿Cuánto cuesta la V-Visitante Especial?
Las personas con nacionalidad venezolana que estén en las siguientes condiciones, no podrán aplicar a la V-Visitante Especial.
- Para los que se encuentren privados de la libertad.
- Para los que tengan orden de deportación o expulsión.
- Para los que presenten antecedentes judiciales, penales o de Policía y/o medidas migratorias vigentes.
- Para los que ostenten otra nacionalidad.