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Ojo: Superindustria y Comercio pone en cintura a vendedores de vivienda para evitar engaños a compradores

El objetivo es garantizar el derecho de los consumidores inmobiliarios a la libre elección.

Cielo Rusinque, Superintendente de Industria y Comercio.
Cielo Rusinque, Superintendente de Industria y Comercio. (Captura de pantalla: redes sociales)

A partir de la fecha, y por instrucción de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad nacional de protección al consumidor, mediante la Circular Externa No. 004 de 2024, toda persona o empresa que venda soluciones de vivienda, promocione y/o publicite proyectos constructivos destinados a vivienda “debe suministrar información adecuada, clara, completa, veraz, transparente, oportuna, suficiente, verificable, comprensible, precisa e idónea”.

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Lo anterior, con el fin de garantizar el derecho de los consumidores inmobiliarios a la libre elección, a recibir información, y a ser protegidos contractualmente y frente a la posible publicidad engañosa.

La circular de la SIC imparte instrucciones puntuales a las personas naturales o jurídicas que comercialicen, promocionen y/o publiciten proyectos constructivos destinados a vivienda, con el fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones en materia de protección al consumidor.

Muy particularmente, la entidad de control y protección al consumidor se refiere a la información mínima, publicidad y condiciones negociables, y pone en cintura a las empresas o personas que venden soluciones de vivienda, para que prevalezcan los derechos de los consumidores.

Cambios claves: precio y fecha de entrega

Entre los cambios más representativos se encuentran la obligación de suministrar al consumidor final el precio de la vivienda en pesos colombianos y el derecho del consumidor a pagar el precio que se le informe al momento en que manifestó la voluntad de adquirir el bien, ya sea a través de la firma del contrato de separación, opción de compra o contrato de fiducia.

El proyecto de circular fue publicado durante 15 días calendario en el portal de transparencia de la página web de la Superintendencia, para que la ciudadanía y cualquier interesado presentara sus observaciones o comentarios, los cuales fueron analizados y tenidos en cuenta para su expedición.

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