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Ojo: la Dian tomó una decisión ante las fallas en su plataforma para realizar la declaración de renta

¿Salvavidas para los contribuyentes? La entidad se refirió al problema de su página web, tomando una decisión sobre los que declaran renta.

Que no le pase como a Doña Segunda: estos son los topes para saber si debe facturar electrónicamente
Que no le pase como a Doña Segunda: estos son los topes para saber si debe facturar electrónicamente (Dian)

Durante el lunes 12 de agosto, la plataforma de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ha presentado inconvenientes de tipo tecnológicos, ya que las personas que están haciendo el trámite para realizar su declaración de renta, han señalado que la página se encuentra caída. Sin duda esto ha sido un inconveniente precisamente para aquellos contribuyentes que tiene como plazo el día de hoy para hacer el proceso que es obligatorio.

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Incluso en redes sociales, los usuarios le pedían a la entidad que declarara “contingencia”, ya que si no se arreglaba la plataforma, cientos de miles de personas se verían afectadas.

Ante esto la misma Dian ha sacado un comunicado en el que informa:

“de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se declara la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, debido a incidentes con la funcionalidad de firma electrónica y la recuperación de contraseña”.

La organización señala que tomaron esta decisión teniendo en cuenta que hoy iniciaba el primer día de vencimientos.

“Esta decisión se tomó teniendo en cuenta que hoy inician los vencimientos y que estas incidencias impiden a algunos contribuyentes con vencimiento en la fecha presentar su declaración de renta o de retención en la fuente”, se lee en el escrito.

Por otro lado, la Dian se contactará con las personas que no pudieron realizar el trámite pero que el sistema les arrojó un número de formulario.

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“Por lo anterior, la administración las identificará a las personas naturales cuyo NIT finaliza en los dígitos 01 y 02 que no puedan presentar su declaración pero que hayan elaborado un borrador y el sistema les haya generado un número de formulario, para que cuando se restablezca el servicio presenten la declaración sin liquidar sanción e intereses”, informó la Dian quien finalizó señalando:

“Quienes no hayan podido acceder a su cuenta de usuario y no cuenten con un documento en borrador de su declaración, pueden escribir a través del sistema de PQSRD reportando el incidente con la recuperación de contraseña y acceso al sistema; de esta manera la entidad podrá validar lo informado e identificarlos para que puedan presentar su declaración sin sanción e intereses cuando se restablezca el servicio. En consecuencia, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente pago a más tardar al día siguiente a aquel en que se informe que el servicio digital se encuentra estable para la presentación y firma de las declaraciones, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad”.

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