La admisión de Salvatore Mancuso en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha generado incertidumbre en las víctimas adscritas a Justicia y Paz. La Procuraduría pidió aclarar el auto que profirió el pasado 19 de marzo de 2024, que permitió que Mancuso se adhiriera a la JEP, para que se incluya la tercera sentencia de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla en la cual se establecieron reparaciones económicas a 137 víctimas, que no fueron tenidas en cuenta en la JEP.
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La Procuraduría asegura que existe una omisión sustancial en el auto que vuelve indispensable que la Sección de Apelación de la JEP “traiga a colación la olvidada sentencia, ya que, sin duda, integra la judicialización transicional del Salvatore Mancuso”.
De igual forma, el procurador delegado, Jairo Acosta, asegura que las víctimas con derechos adquiridos de reparación, a través de Justicia y Paz, los tienen garantizados por vía del régimen condicional del Mancuso, quién debe atender las obligaciones impuestas en materia indemnizatoria según lo acordado.
Acosta le pide a la JEP que estas 137 víctimas, al igual que Salvatore Mancuso, tengan la posibilidad de ser adheridas a la JEP y puedan continuar con su proceso de indemnización a través de este tribunal. De igual forma, Acosta dice que no es claro el deber de Mancuso de reparar económicamente a estas víctimas, sobre todo por su “particularísima condición” ante la JEP.