Después de que la Alcaldía distrital de Barranquilla emitiera un decreto para implementar medidas contra consumo de drogas y bebidas embriagantes en amparo hacia los niños y menores en espacios públicos. También, el alcalde de Santa Marta anunció su intención de adoptar estas medidas.
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La comunicación de estas medidas se realiza de manera progresiva, asegurando que el personal uniformado en la capital del Atlántico cuente con el conocimiento necesario para la aplicación de la norma, bajo el marco del Código Nacional de Convivencia Ciudadana.
La prohibición abarca lugares abiertos al público, incluyendo áreas dentro del perímetro de instituciones educativas públicas y privadas como jardines infantiles, escuelas, colegios e instituciones de educación superior en todos sus niveles, así como plazas, parques y malecones, y sus alrededores.
El decreto, en su segundo artículo, establece un perímetro de 100 metros para la prohibición y/o restricción del porte, consumo, ofrecimiento, distribución, facilitación y comercialización de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal, así como la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el área circundante a instituciones educativas.
En el caso del Gran Malecón, se buscará la señalización y delimitación de espacios para la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes, así como de sustancias psicoactivas. Se exceptúan aquellos establecimientos que cuenten con contrato con el administrador Puerta de Oro Empresa de Desarrollo Caribe S.A.S..
Multa contra el consumo de drogas y alcohol en el espacio público de Barranquilla
La Policía Metropolitana de Barranquilla llevará a cabo actividades de control del delito periódicas en los lugares donde aplique el perímetro establecido y que son frecuentados por niños, niñas y adolescentes. El incumplimiento de estas medidas conllevará a la imposición de medidas correctivas, que van desde multas hasta participación en programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia, y remisión a los Centros de Atención en Drogadicción (CAD) y Servicios de Farmacodependencia según lo establecido en la Ley 1566 de 2012.
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Actuar en contra de la sana convivencia puede acarrear sanciones que van desde la destrucción de bienes hasta la participación en programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia, así como la remisión a los Centros de Atención en Drogadicción (CAD) y Servicios de Farmacodependencia, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1566 de 2012. Estas sanciones podrían alcanzar hasta los 32 salarios mínimos legales diarios vigentes.