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Qué hacer si no le pagan la prima y cuáles las sanciones para las empresas que no paguen a tiempo

Que no lo tomen desprevenido estos son algunos recursos para reclamar el pago de su prima navideña

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Pesos colombianos Pesos colombianos - Foto de referencia Pixabay

La prima es un beneficio económico que reciben los trabajadores que se desempeñen tanto en cargos públicos como privados, todo empleador, ya sea persona natural o jurídica, debe garantizar este pago a los empleados dependiendo el tipo de contrato. Cabe mencionar que este pago se realiza en dos fechas, una primera en junio y la segunda en diciembre.

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Si bien la prima equivale al pago de 30 días de trabajo, divididos en los dos pagos mencionados, es importante que los empleados sepan que la suma del beneficio también está relacionada con los días que laboro en la entidad empleadora. Tal como lo explica Función Pública, “la prima de navidad se causa cuando el servidor público ha laborado para la entidad durante todo el año civil, precisando que el año civil es el mismo que coincide con el año calendario, esto es, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año”.

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La prima ‘navideña’ debe ser consignada a más tardar el 20 de diciembre; sin embargo, si no recibe este pago, los empleados pueden servirse de varios recursos para presentar el reclamo. No obstante, dependiendo el tipo de contrato, algunos empleados no pueden acceder a este beneficio, conozca cuáles son estos contratos aquí.

¿Qué hacer si no le pagan la prima a tiempo?

Si llegado el plazo límite establecido para este pago y los empleados no han recibido la prima, estos pueden:

  1. Presentar un derecho de petición ante la empresa y exigir el pago del beneficio más los intereses de mora.
  2. Presentarse ante un juez laboral para dejar en conocimiento el caso y solicitar al empleador el pago de la prima.
  3. Si ya terminó el contrato y no recibió la prima, el empleado puede ir al Ministerio de Trabajo y argumentar la situación.

De igual manera, Asuntos Legales explicó que “de acuerdo con el artículo 65 del CST, (indemnización por falta de pago), en caso de que el empleador no pague la prima, así sea después de la finalización del contrato, este deberá pagar al trabajador, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retraso”.

Sanciones para las empresas que no paguen a tiempo

En dado caso que el empleador no cumpla con el pago de la prima, en las fechas establecidas estarán sujetos a algunas sanciones como:

  1. Indemnizar correspondiente a un día de trabajo por cada día de retraso.
  2. Asumir intereses de mora.
  3. Multas hasta por 5.000 salarios mínimos.

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