Llega el 1 de diciembre y con esta fecha el inicio de las celebraciones en las empresas para despedir el año. Comida, música, concursos, actividades, baile, música y bebidas alcohólicas, pueden estar presentes en las festividades que se darán a lo largo de este mes.
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Sin embargo, también puede ser un espacio que puede pasar de la diversión a un estado de alicohoramiento alto que incluso puede acabar en discusiones y/o agresiones físicas.
Por ello, para algunas personas existen dudas sobre si de llegar a exceder en el trago durante la fiesta de fin de año de su empresa, implica sanciones o un despido inminente días posteriores.
Pues bien, el abogado Luis San José, especialista en Derecho Laboral de la firma AGM Abogados, explicó que el código laboral da luces sobre la toma de decisiones por parte de los empleadores, como también, en otros casos, el Estatuto de los Trabajadores.
“Si un trabajador se excede con el alcohol, en la cena de Navidad de la empresa o la fiesta de fin de año, y no afecta su desempeño laboral ni se traduce en maltrato verbal u otras desconsideraciones hacia colegas, superiores o subordinados, no justificaría un despido disciplinario”, señaló en entrevista con el medio, La Información.
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Sin embargo, el togado San José advierte que de llegar a presentarse altercados o desconsideraciones que afectan directamente al trabajo, “podría conducir a un despido”.
Asimismo, el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, señala que “la embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo”, incurrirá en la terminación del contrato, “mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador”.