Este proyecto radicado con mensaje de ‘Urgencia’ en el Congreso ha despertado toda una polémica en el país, pues la actualización del catastro incrementaría el impuesto predial “hasta en un 300 %”, según algunos críticos. Pero, realmente, ¿qué dice el texto?
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Según el Gobierno Nacional, el proyecto buscan fijar un esquema de topes graduales para que, aún si incrementa el avalúo del predio, no haya un alza excesiva en el predial. Desde el Ministerio de Hacienda informaron que con el texto de Ley solo el 5 % de los predios entrarían en los incrementos más altos del predial.
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Dijo MinHacienda que tomaron como base los aumentos desmedidos por parte de los concejos y alcaldías a los dueños de bienes y terrenos, ante la posible malinterpretación de la Ley 44 de 1990 y el artículo 23 de la Ley 1450 de 2011. Incluso, según conoció el medio Valora Analitik, en el municipio de Choachí, Cundinamarca, hubo casos de alza de 2.500 % “debido a la desactualización de los avalúos catastrales”, señalaron.
En este sentido, el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, explicó que “la construcción de este sistema de alivios lo que le da es claridad y transparencia a los consejos municipales y a las alcaldías para que no presionen el pago del impuesto predial, aunque el avalúo catastral esté al día”.
¿A quiénes cobrarán más en el impuesto predial?
Se dice que esta ley, de ser aprobada, afectará principalmente a los propietarios que tengan propiedades que no hayan sido actualizados catastralmente en los últimos 15 años y que actualmente paguen un impuesto predial por debajo del correspondiente. Pero este tope nunca superará el 300 %.
Según Bonilla, la medida sería aplicada únicamente en los municipios que realicen esta actualización, de los que no hacen parte más de 128 municipios, entre ellos las ciudades más grandes como Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y Bucaramanga.
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Los topes en el impuesto predial serían progresivos después de completarse la actualización catastral, que para el 2026 debe quedar en un 70 % del total de predios en el país. Quedaría así:
- Hasta 50 % para propiedades urbanas con avalúo de hasta 135 salarios mínimos.
- Hasta 100 % para propiedades con avalúos entre 135 y 250 salarios mínimos.
- Hasta 150 % para propiedades con avalúos avalúos entre 250 y 350 salarios mínimos.
- Hasta 200 % para propiedades con avalúos avalúos entre 350 y 500 salarios mínimos.
- Hasta 300 % para propiedades con avalúos avalúos superiores a 500 salarios mínimos.
Esto dijo MinHacienda: