Otros 21 de los 443 productos que componen la canasta básica del Índice de Precios al Consumidor con la que el DANE mide la inflación, tendrán efectos inflacionarios por la entrada en vigencia del llamado ‘impuesto saludable’, a partir del próximo primero de noviembre.
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Así quedó estipulado en la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro aprobada en el Congreso en noviembre de 2022 que estableció este nuevo impuesto con el fin de desincentivar el consumo de estos alimentos.
Por eso el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, recordó que “este impuesto tiene el carácter de disuasión del consumo, no de generar recaudo”. Sin embargo, gracias a este nuevo gravamen, los precios subirán.
“La razón es muy sencilla: es un impuesto de salud pública. La canasta básica en Colombia es de 43 productos, este impuesto no grava frutas, verduras, tubérculos, ni hortalizas. Tampoco grava leche, huevos, pollo, carne, cerdo o pescado. No grava granos ni pan. Solo hay 21 productos y sus variedades que están gravados”, explicó.
Alimentos ultraprocesados
Los productos que quedaron gravados con el impuesto saludable son aquellos comestibles ultraprocesados que, como ingredientes, se les haya adicionado azúcares, sal/sodio o grasas suficientes para llevar el sello frontal de advertencia establecido por el Ministerio de Salud.
Los productos gravados, según la cartera de Hacienda, “serán únicamente aquellos que, teniendo los sellos frontales de advertencia, pertenezcan a las partidas y subpartidas arancelarias establecidas en la Ley, como es el caso de las golosinas, embutidos o paquetes de frituras”.
Quedaron exentos de este impuesto, sin embargo, alimentos como el pan, las obleas, el salchichón, la mortadela, el arequipe, y el bocadillo.
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El Ministerio de las finanzas, no obstante, consideró que este efecto “es de única vez”, y además “es consistente con el escenario macroeconómico proyectado en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2023″.
¿De cuánto será el impuesto?
De acuerdo con estimaciones de la cartera de Hacienda y Crédito Público, el efecto del impuesto saludable sobre la inflación total será de 0.21% en 2023; de 0.11% en 2024, y de 0.12% en 2025.
Bebidas azucaradas
De acuerdo con la Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022), las bebidas azucaradas objeto del impuesto saludable incluyen: bebidas gaseosas y carbonatadas; a base de malta; tipo té y café; a base frutas; refrescos, zumos y néctares de fruta; energizantes; deportivas; refrescos; aguas saborizadas y mezclas en polvo.
La tasa de impuesto depende del contenido de azúcar en gramos por cada cien mililitros de cada bebida: entre 6 gramos y 10 gramos de azúcar, pagarán $18 pesos por cada 100 mililitros; y con más de 10 gramos de azúcares añadidos pagarán $35.
Algunas bebidas azucaradas estarán exentas: las fórmulas infantiles; medicamentos con incorporación de azúcares adicionados; productos de terapia nutricional y alimentos líquidos y polvos para propósitos médicos especiales.
Los alimentos ultraprocesados son aquellos que contienen aditivos y cosméticos que les den color, sabor o textura con alto contenido de azúcares añadidos, grasa total, grasas saturadas y sodio.
Entre estos figuran: chocolates, salchichas, embutidos a excepción del salchichón, mortadela y la butifarra. También están productos de confitería, panadería, pastelería y galletería (excepto pan y obleas), helados, mermeladas, entre otras categorías de alimentos.