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¿Buscando arriendo y el propietario le niega tener mascota? Esto explica la Ley colombiana

Si usted está buscando vivienda y está teniendo problemas por tener perro o gato, esto le interesa

Melissa Chavez trabaja en casa junto a su perro Milo el jueves 24 de agosto de 2023, en Nueva York. (AP Foto/Bebeto Matthews) AP (Bebeto Matthews/AP)

Según la plataforma ‘Cien Cuadras’, en el primer trimestre de este año hubo una reducción a la mitad de unidades de viviendas nuevas vendidas, comparado con el mismo periodo de 2022. Tomando datos de La Galería Inmobiliaria, el blog señaló que el decrecimiento fue del 56,2 % a nivel nacional, lo que corresponde a más de 17.000 ventas de vivienda VIS (equivalentes a $3,1 billones) y más de 11.000 unidades No VIS ($5,1 billones).

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La mediana del precio de venta de un apartamento nuevo aumentó más de $39 millones, con respecto al mismo periodo de 2023, lo que se traduce en una variación del 8,33 %. Este comportamiento se debe a la disminución de la oferta de vivienda nueva (principalmente en el segmento VIS) lo que hace que los precios se incrementen, sumado a la tendencia de compra de casas campestres a las afueras de las ciudades principales.

En cuanto a la vivienda usada, se evidenció una disminución en la participación de la oferta en Bogotá de 2 puntos porcentuales y en Medellín de 3 puntos porcentuales, quedando cada ciudad con 27,84 % y 25,95 % de participación, respectivamente.

Conozca la Ley que habla sobre si puede o no tener mascota en una vivienda arrendada

Uno de los factores al momento de buscar vivienda arrendada, es la dificultad de que la mascota -bien sea perro o gato- sea aceptada en el inmueble.

Sin embargo, según la sentencia T-035 de la Corte Constitucional de 1997, el tener animales de compañía hace parte de un “ejercicio de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad, con las limitaciones que imponen los derechos de los demás”.

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Por lo tanto, el propietario de la vivienda no puede prohibir de manera estricta que usted viva con una mascota:

  • No se puede cobrar un valor adicional en los servicios de administración de la propiedad horizontal por concepto de la tenencia de animales.
  • No se puede prohibir la tenencia de animales de compañía o animales domésticos considerados mascotas.
  • No se puede prohibir el ingreso a los ascensores o la permanencia en zonas comunes de perros lazarillo o perros guía.

Aun así, hay ciertas regulaciones sobre esta tenencia consignadas en la Ley 675 de 2001:

  • La responsabilidad de los dueños en el manejo y control de la contaminación auditiva, olfativa y de desechos producidos por las mascotas.
  • La posibilidad de tener animales de compañía en áreas comunes de edificios, conjuntos, etc., como ascensores, pasillos y porterías.
  • El adecuado manejo de perros considerados fuertes o de razas especiales (a menudo mal etiquetados como razas potencialmente peligrosas).

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