La Superintendencia de Sociedades, informó este lunes de la apertura de dos investigaciones administrativas y la consecuente formulación de dos pliegos de cargos en contra de la compañía RAPPI S.A.S., con fundamento en las facultades previstas en el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.
Esto en razón de las indagaciones hechas por la entidad, la cual maneja la hipótesis de que esta empresa al aparecer incumplió las disposiciones establecidas en el Capítulo X y del Capítulo XIII de la Circular Básica Jurídica, relativas al régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas (SAGRILAFT) y la obligación de la cabal implementación de un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), respectivamente.
“Investigamos a Rappi por no haber respondido, en lo que hemos verificado, a ese tipo de protocolos, para prevenir conductas relacionadas a lavado de activos y soborno trasnacional”, indicó el superintendente de sociedades, Billy Escobar.
¿Cuáles podrían ser las probables sanciones a Rappi?
La entidad tiene aproximadamente 15 días para responder y demostrar que sí cuentan con un protocolo respecto a la investigación abierta.
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De no llegar a hacerlo, se podría ver enfrentados a una multa de al menos 250 millones de pesos.
“Si con posterioridad a adelantarse los correspondientes procedimientos administrativos sancionatorios se logra establecer la responsabilidad de la compañía por la trasgresión a las disposiciones relativas a SAGRILAFT y PTEE, esta Entidad podrá imponer multas de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”, indicó la Superintendencia de Sociedades.