Luego de la revelación de los comprometedores audios de Óscar Iván Zuluaga donde habla del dinero que aceptó de Odebrecht para su campaña, en redes sociales viralizaron un video de una entrevista de Vanessa de la Torre a Gustavo Petro cuando aún era congresista.
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En el video se ve claramente cómo la periodista defendió al uribismo y a la multinacional ante los señalamientos que hacía Petro en su momento, quien estaba denunciando sobornos en las campañas de varios candidatos del Centro Democrático.
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Según Petro, eran cuatro candidatos los implicados con Odebrecht: desde Andrés Felipe Arias, pasando por Juan Manuel Santos, Óscar Iván Zuluaga y Duque.
Y ahí De la Torre le dijo al ahora presiente que “ahí sí salgo a defender algo, porque en la época de Arias, ni en la de Santos, ni en la de Zuluaga y en la de Duque reunirse con Odebrecht era un delito, porque en esa época Odebrecht era la multinacional más importante de la época”.
Entonces, Petro le respondió: “Si a mí, siendo alcalde, me llegaba Odebrecht yo les decía que no”.
Y luego agregó: “Nosotros en el año 2010 dijimos que Odebrecht era corrupta y la Fiscalía tenía que investigar eso”.
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Para los tuiteros, el tiempo le dio la razón a Petro, que para ese momento se estaba adelantando a lo que hoy está sucediendo.
Óscar Iván Zuluaga y la plata de Odebrecht
El pasado sábado 1 de julio la Revista Semana reveló explosivos audios que evidencian una conversación clave entre el exdirector de Invías, Daniel García Arizabaleta y el excandidato Zuluaga. García se ha convertido en el testigo estrella contra Zuluaga en el caso que tiene en la Fiscalía y por el que está a punto de ser imputado con los delitos de falsedad en documento privado, fraude procesal y enriquecimiento ilícito de particular.
Sin embargo, en 2014 no era un delito que los candidatos recibieran en sus campañas dineros de empresas de manera irregular. De ahí que las autoridades no lo puedan investigar por este delito, pero sí tendrá que responder de qué manera ingresó ese dinero a sus cuentas.
Fue hasta 2017, a través de la Ley 1864 de ese mismo año, que se introdujo al Código Penal colombiano los delitos de financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas (artículo 396A), violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales (artículo 396B) y omisión de información del aportante (artículo 396C) .