Noticias

¿Qué pasó con el 4x1000? Esta es la supuesta novedad sobre el impuesto que genera debate

Le contamos la discusión y la realidad sobre este popular impuesto con el cual se desinforma constantemente

Buró de Crédito: venden ilegalmente base de datos en redes sociales
Buró de Crédito: venden ilegalmente base de datos en redes sociales MÉXICO, D.F., 27JULIO2010.- Por disposición oficial el Banco de México se prohibió y limitió a bancos y otros intermediarios financieros el cobro de comisiones en diversos servicios como cobrar comisiones por retiros de efectivo, consultas de saldo, depósitos en cuenta y pago de créditos en ventanilla y cajeros automáticos operados por las propias instituciones de crédito que lleven la relación con el cuentahabiente. FOTO: ISAAC ESQUIVEL/CUARTOSCURO.COM

En redes sociales se ha desatado una gran discusión referente al impuesto del 4x1000, puesto que una supuesta novedad habría sido aprobada en el Congreso de la República. Le aclaramos toda la información que está siendo discutida en redes sociales.

PUBLICIDAD

Todo comenzó por afirmaciones en redes sociales del exsenador y posible aspirante a la Alcaldía de Bogotá, Gustavo Bolívar, el pasado jueves 22 de junio. Él utilizó su Twitter para contar la historia sobre el famoso impuesto del 4x1000 y afirmar que el presidente Gustavo Petro lo quitó para clases medias y bajas, pero la realidad es que su información es confusa y no aclara bien el panorama.

También puede leer: TransMilenio se salvó de cerrar y tendrá cambios tras aprobación de adición presupuestal, ¿de qué tratan?

¿Qué es el 4x1000?

Este es un impuesto, denominado Gravamen a los Movimientos Financieros, cobrado por el Gobierno Nacional que consiste en el débito para impuesto de 4 pesos por cada 1.000 pesos con los que se hagan movimientos financieros. El intermediario de este impuesto son las entidades bancarias, pero el final destinatario de este dinero es el Gobierno Nacional.

Recordemos que este impuesto es criticado por la ciudadanía desde su implementación, que se dio en el año 1998 como una respuesta a la crisis bancaria. En ese entonces, el impuesto surgió realmente como un 2x1000 y tenía una vigencia de solo un año. Sin embargo, con el pasar de los años, el impuesto subió hasta posicionarse en 4x1000 y hasta ahora se ha mantenido, pese a varios intentos en el Congreso de ser tumbado.

También le puede interesar: Adiós al 4x1000; la mayoría de colombianos ya no tendrá que pagar este impuesto

¿Cuándo se aplicó exención del 4x1000?

La exención de este impuesto se implementó en el caso particular de cuentas bancarias de ahorros que no retiren ni reciban más de 350 unidades de valor tributario (UVT), lo que equivale a 14′844.200 millones de pesos para este 2023. Esta exención aplica realmente desde el año 2006 y se instaura para una sola cuenta que debe ser inscrita y puesta en conocimiento por parte de su propietario a la entidad bancaria correspondiente. Sin embargo, sí hay novedades al respecto que usted debe saber.

PUBLICIDAD

¿Cuál es la novedad del 4x1000?

Con la reforma tributaria aprobada en el año 2022, denominada como ‘Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social’ y presentada por el Gobierno Nacional en cabeza de Gustavo Petro, se aprobó que a esta exención se le realizara una modificación.

Siendo así, con la aprobación de este artículo, ahora la exención del impuesto 4x1000 aplica para varias cuentas, por lo que ya será necesario marcar una sola cuenta como exenta del 4x1000 ante la entidad bancaria, porque puede aplicar a varias.

Lea también: Gobierno declararía emergencia económica a nivel nacional, ¿por qué?

De esta forma, las entidades bancarias tienen plazo hasta finales del próximo año, específicamente el 13 de diciembre del 2024, para poder implementar la tecnología que permita a los usuarios no tener que marca una sola cuenta. Por esto, a partir del 2025, esta exención del impuesto aplicaría para varias cuentas.

La norma dice, entonces que, las entidad financieras o cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y crédito vigiladas por la Superintentencia Financiera “deberán adoptar un sistema de información que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de 350 UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta”.

PUBLICIDAD

Tags

Lo que debe saber


Lo Último