La jueza 41 penal del Circuito de Bogotá ordenó no precluir el proceso contra el expresidente, Álvaro Uribe, y ahora tendrá que ir a juicio por los presuntos delitos de soborno a testigos y fraude procesal. La togada argumentó que hubo suficiente material probatorio, evidencia física e información legalmente obtenida, que permitió afirmar “con probabilidad de verdad que la conducta delictiva sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe (...) Por lo tanto, el despacho niega la solicitud de preclusión”, señaló.
Cabe recordar que la solicitud de preclusión fue realizada por parte de la Fiscalía bajo la premisa de que no existen pruebas suficientes para vincular al también exsenador Uribe a una investigación.
La génesis del caso
El caso comenzó el 17 de septiembre de 2014, cuando el expresidente anunció una denuncia penal por supuesta manipulación de testigos contra el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda.
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Esto, luego de que el congresista convocara a un debate de control político contra Uribe, en donde mostró el testimonio de Juan Guillermo Monsalve, exparamilitar del Bloque Metro. Quien en su declaración, aseguró que el exjefe de estado y su familia, tenían nexos con este grupo al margen de la ley.
Ya en febrero de 2018, la Corte Suprema de Justicia, determinó que el senador Cepeda no cometió delito alguno y, por el contrario, lo declaró víctima. Por lo que ordenaron investigar al expresidente y su entonces abogado, Diego Cadena, por al parecer querer manipular las versiones de varios exparamilitares para que declararan contra Cepeda.
Es así como Uribe fue citado a indagatoria por el alto tribunal el 8 de octubre de 2019. Y el 4 de agosto de 2020, fue uno de los puntos más álgidos, cuando la Sala de Instrucción del alto tribunal ordenó la detención domiciliaria del expresidente.
El 18 del mismo mes, Uribe renunció a su escaño en el Senado perdiendo su condición de aforado, por lo que la Corte Suprema de Justicia perdió su competencia en el caso y es así como pasó el expediente a la Fiscalía.
Finalmente, la defensa del exmandatario solicitó que dejara en libertad a su cliente, al considerar que Uribe no fue imputado o vinculado formalmente a una investigación.
Por lo que la jueza 30 de garantías le halló la razón y otorgó el fin de la medida privativa de la libertad en casa por cárcel el 10 de octubre de 2020.
¿Qué sigue?
La jueza 41 de conocimiento, determinó una vez más que el proceso no debe precluir. Ahora, el ente acusador deberá determinar si radica un nuevo escrito de acusación y llaman a juicio al expresidente en un plazo de 120 días.
Una vez se lleve a cabo este juicio, el o la togada resolverá si Álvaro Uribe será condenado o, por el contrario, quedará absuelto.