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Por esta razón, jueza negó la libertad de 4 jóvenes nombrados voceros de paz por el Gobierno

La togada argumentó que no hay claridad en el marco normativo para proceder en la liberación

Manifestaciones en conmemoración del aniversario del Paro Nacional en Bogotá Foto: Juan Pablo Pino - Publimetro

En el transcurso de los primeros días del año 2023, se han estado llevando a cabo los procesos judiciales correspondientes a la liberación de jóvenes que han sido nombrados ‘Voceros de paz’ por el Gobierno de Gustavo Petro. Sin embargo, una jueza en Neiva se negó a dejar en libertad a 4 jóvenes, ¿qué pasó?

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El pasado 30 de diciembre el Alto Comisionado para la Paz, Iván Danilo Rueda, nombró como voceros de paz a cientos de jóvenes a nivel nacional, quienes participaron en manifestaciones y se encuentran en medio de procesos judiciales.

Edwin Herrera Pimentel, Cristian Andrés Reyes Cuellar, Kevin David García Mosquera y Andrés Felipe Yara Varga, son los 4 voceros de paz nombrados que la jueza cuarta penal municipal de control de garantías de Neiva se negó a dejar en libertad. Los cuatro tienen procesos en curso a nivel judicial por los delitos de concierto para delinquir, perturbación en servicio de transporte público colectivo u oficial y obstrucción a las vías públicas.

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Actualmente a los 4 voceros de paz, que se encontraban en detención domiciliaria, les fue negada la libertad pues la jueza señala que es improcedente la solicitud de liberar a los ciudadanos. Además de esto, también tomó la decisión de “negar por improcedente las peticiones de suspensión y sustitución de la medida de aseguramiento impuestas a los ciudadanos Edwin Herrera Pimentel, Cristian Andrés Reyes Cuellar, Kevin David García Mosquera y Andrés Felipe Yara Varga”.

Según argumenta la jueza, la resolución que nombra a los cuatro procesados como “voceros de paz”, no cuenta con “un marco jurídico que defina la suspensión de las medidas de aseguramiento y órdenes de captura”. Por esta razón, la togada argumenta que los jueces no tienen claridad frente a este proceder, por lo que no pueden sustituir las funciones asignadas al ente legislador.

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