Tras ser electo en segunda vuelta, el presidente, Gustavo Petro aseguró que el ESMAD sería desmontado y que, a cambio, crearía un cuerpo dentro de la Policía para que resuelva de manera pacífica los conflictos especializados.
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“No es un cuerpo necesario para la solución de los conflictos. Los últimos gobiernos cada vez que hay un conflicto de tipo social colocan al Esmad como la primera fuerza de resolución de conflictos y eso no es más que más violencia”.
Sin embargo, tras la designación del nuevo director de la Policía, general Henry Sanabria, se anunció que esta unidad de choque y contención tendría modificaciones. Lo que para muchos fue rechazado, pues le recordaron al nuevo mandatario que había prometido eliminarlo, más no transformarlo.
Con el nuevo nombre: Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), Sanabria, mencionó que se creará un grupo de personas que sean gestores de convivencia; en un segundo dispositivo estaría un equipo que haría una aproximación sin armas, “serían los protectores de esos gestores”; y en último lugar, entraría “esa fuerza que contendría desmanes”, señaló.
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Frente a los uniformados, estos llevarían visos especiales de identificación, cascos blancos y protectores corporales. Además, no estarían totalmente de negro, sino un color al que pueda llamar “a la no confrontación” y a la “tranquilidad”, según Sanabria.
“Un cambio cosmético es un descache total porque fue lo mismo que presentó Iván Duque (...) Este proceso de reforma del ESMAD debe estar anclado a profundizar, por ejemplo, en la restricción del uso de armas potencialmente letales. O cómo vigilamos desde la ciudadanía para que los procedimientos policiales efectivamente sean públicos y transparentes, entre otras”, señaló Alejandro Lanz, codirector de Temblores ONG, para el medio Cerosetenta.
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Ahora bien, tras este anuncio, la Policía expidió un instructivo de nueve páginas que consignan los nuevos lineamientos que tendrá que acatar la UNDMO (antes ESMAD) para actuar conforme a la normatividad, dependiendo del escenario social que se presente.
Huelgas, enfrentamientos entre barras de fútbol, asonadas, erradicación de cultivos ilícitos, explotación ilegal de yacimientos mineros o riñas colectivas, son otros de los incidentes que tienen un común denominador: la intervención primaria de la Fuerza Disponible o de la UNDMO, antes que grupos de diálogo.
Manifestaciones en vías públicas
Teniendo en cuenta que el Artículo 37 de la Constitución determina que “toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente”, en este escenario, la Policía no deberá marchar junto a los manifestantes; tampoco estar al inicio y final de la movilización; ni estar en un lugar desprovisto dónde puedan ser objeto de ataques.
Asimismo, deberán tolerar las expresiones ofensivas o chocantes, de acuerdo a una sentencia de la Corte Constitucional C-442 de 2011.
Cuando se presente manifestaciones con presencia de jóvenes entre los 15 y 24 años, “la primera intervención será de la Fuerza Disponible, salvo que se haga necesaria la actuación inmediata de la UNDMO”, señala el documento.
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Además, como bien es sabido que las movilizaciones transcurren sobre la vía dónde confluye, entre otros, el transporte público, señalan que la Fuerza Disponible entrará inicialmente. Si se elimina la posibilidad total de circulación, “se deberá restablecer el orden incluso por la fuerza. E identificar a los líderes (de la convocatoria) para capturarlos”.
Sin embargo, el fundamento jurídico mencionado, aclara que si existe una vía alterna por dónde puedan transitar los vehículos, no será considerado delito y por ende no aplicará el procedimiento inicial.
Invasión de Tierras
Actualmente, se han venido registrando varios hechos de invasión a predios privados en los departamentos del Atlántico, Magdalena, Cesar, Antioquia, Chocó, Valle del Cauca, Cauca, Huila, Guanía y Vichada, según la Defensoría del Pueblo.
Frente a esto, la Policía mencionó que como parte de su procedimiento, deben impedir y expulsar a los responsables, dentro de las 48 horas siguientes a la ocupación o aún superando ese tiempo.
Cuando exista una orden de desalojo, dicen, deberán efectuarla en un máximo de un día siguiente a la notificación.
Si un caso supera los seis meses, aclaran que ya es competencia de los Inspectores de Policía y Jueces Civiles.
Motines en establecimientos carcelarios
Frente a este escenario, mencionan en primer lugar que, según el fundamento jurídico, solo podrán ingresar si el director del INPEC o del establecimiento dónde ocurra los hechos, lo requiere. De ser así, intervendrán con unidades de la UNDMO.
Mientras que a las afueras del penal, actuaría la Fuerza Disponible, “y ante el aumento de la agresividad se actuaría con la Unidad Nacional de Diálogo”.
Finalmente, y sea cualquiera de los casos mencionados, el Ministerio de Defensa, indicó que los comandantes a cargo de los dispositivos policiales, tanto de la Fuerza Disponible, como de la UNDMO, una vez finalizado el procedimiento, deberán presentar a su superior un informe en el que se comuniquen las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Así como las órdenes recibidas e impartidas y los motivos de policía atendidos.