En estos días, en los que se pone sobre la mesa la posibilidad de una reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro, son muchas las dudas que surgen sobre los fondos de pensiones y los mitos que existen, en particular, si el dinero puede ser heredado por otras personas o no.
Una de las dudas es si el dinero ahorrado en los fondos de pensiones para la pensión puede ser heredado, y la respuesta es que sí, se puede heredar hasta en quinto grado de consanguinidad.
Uno de los beneficios de los fondos de pensiones privados es que el dinero puede ser heredado a otras personas que no hagan parte de la lista de beneficiarios de Ley.
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En los fondos de pensiones privados así como en Colpensiones, cuando un afiliado fallece, los familiares que la ley dispone (pareja de más de 5 años de convivencia, hijos menores de 25 años, hermanos o hijos con discapacidad o padres económicamente dependientes) pueden obtener una pensión por sobrevivencia. Esto solo si el afiliado cotizó al menos 50 semanas durante los 3 años previos a su fallecimiento.
Asimismo, en los fondos de pensiones si el afiliado no tiene ninguno de los beneficiarios de la ley, tiene la opción de heredarle su pensión a familiares que tengan hasta quinto grado de consanguinidad, es decir; a primos, tíos, sobrinos, entre otros.
¿Qué pasa con la pensión si el pensionado fallece?
De igual manera sucede cuando el que fallece no es un afiliado sino un pensionado, el saldo acumulado que queda en su Cuenta de Ahorro Pensional podrá ser entregado a los herederos hasta quinto grado de consanguinidad.
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Algo diferente sucede en Colpensiones, ya que si el afiliado o pensionado no cuenta con beneficiarios de Ley el dinero vuelve automáticamente a entrar al sistema de pensiones y no puede ser heredado.