El pasado 25 de julio, el Partido Comunes presentó varios proyectos de ley entre los que incluyó la reducción de la jornada diurna ordinaria, con la que busca adelantar la hora del inicio de la jornada nocturna laboral. De tal manera, que el turno no empieza a las 9 de la noche, sino que sería desde las 6 de tarde.
PUBLICIDAD
Puede leer: ¿Qué piensa Iván Duque del Ministro de Defensa elegido por Gustavo Petro?
“Se pretende nuevamente implementar en Colombia una jornada diurna que se compadezca con las prerrogativas de la parte débil de la relación laboral (…) Lo que pretende esta iniciativa no es más que generar un panorama más igualitario y beneficioso para los trabajadores”, relata el proyecto.
La propuesta pretende que la jornada laboral nocturna empiece a las 6:00 p. m., de tal manera que la diurna sería más corta, lo que representaría remuneraciones adicionales de acuerdo a lo que corresponda.
“Este es uno de los proyectos que radicamos el 25 de Julio, es una muestra que como campesinos y desde nuestra curul podemos darle vida digna a la gente, esto es lo que soñamos desde 1964″, escribió el senador proponente Omar Restrepo, a través de su cuenta de Twitter.
Lea también: Gustavo Bolívar: “Nombramiento de ministro de defensa solo debe asustar a los corruptos de las fuerzas militares”
¿Cuál es la jornada laboral en Colombia?
De acuerdo con Función Pública, se explica que en el “ARTÍCULO 3. Las horas de trabajo no podrán exceder de ocho (8) al día, ni de cuarenta y ocho (48) a la semana, salvo las excepciones legales. Sin embargo, la duración máxima de las labores agrícolas, ganaderas o forestales, será de nueve (9) horas diarias o de cincuenta y cuatro (54) en la semana. Las actividades discontinuas o intermitentes, así como las de simple vigilancia, no podrán exceder de doce (12) horas diarias, a menos que el trabajador resida en el sitio del trabajo. El Gobierno podrá ordenar la reducción de las jornadas de trabajo en las labores que sean especialmente peligrosas o insalubres, de acuerdo con dictámenes técnicos al respecto, y previa audiencia de comisiones paritarias de patronos y trabajadores. El texto resaltado fue declarado Exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-1063 de 2000 y el texto subrayado Inexequible. (…)