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Tribunal confirma condena a la Nación por ‘chuzadas’ del DAS contra Piedad Córdoba

El Juzgado 38 Administrativo de Bogotá además de ordenar una millonaria indemnización, estipuló ofrecer excusas públicas a la senadora

Piedad Córdoba
Foto: Archivo EFE. Piedad Córdoba (Leonardo Muñoz/(EPA) EFE)

Magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dejaron en firme el pasado 19 de abril, en un compilado de 75 páginas, la sentencia de primera instancia del juzgado 38 administrativo de Bogotá que condenó a la Nación por las interceptaciones ilegales, perfilamiento y seguimiento, cometidas por el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) durante la presidencia de Álvaro Uribe, a la hoy electa senadora por el partido Pacto Histórico, Piedad Córdoba.

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“El Departamento Administrativo de la Presidencia- DAPRE realizaba requerimientos al Departamento Administrativo de Seguridad- DAS relacionados con las interceptaciones realizadas a Piedad Córdoba y demás, exigiendo mantenerlos informados respecto a este blanco político de gran interés para el Gobierno Nacional y por ello mismo, los directores del DAS, recopilaban, analizaban y enviaban información al alto gobierno sin fundamento legal alguno”.

En el fallo, los togados ordenaron una millonaria indemnización por los perjuicios causados a Piedad Córdoba y a su familia, como también ofrecerle excusas públicas.

“Se probó el daño antijurídico ocasionado a los demandantes, consistente en la vulneración de sus derechos fundamentales a la intimidad, privacidad, honra y buen nombre”.

Frente a quien deberá exculparse, el tribunal dejó en claro que no será Uribe Vélez: “Esta Sala no accederá a esta petición. Dentro del expediente no se demostró que el Presidente de la República de ese momento, hubiese dado la orden de interceptaciones ilegales y desprestigio a la demandante Piedad Córdoba, pues únicamente se demostró que la información recopilada se enviaba al alto Gobierno. Por ello, resulta adecuado que sea el director del Departamento Administrativo de la Presidencia quien deba realizar el acto de perdón público”.

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De esta manera y ante la reparación integral de las víctimas, según el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo –Cajar- “Víctor Manuel Muñoz Rodríguez como director del DAPRE o quien quien haga sus veces, deberá realizar este acto de desagravio”.

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De acuerdo con el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, todos estos hechos probados con las condenas y los testimonios rendidos en los procesos penales, dieron cuenta que los funcionarios del DAS “no actuaron por razones personales, sino en ejercicio de sus labores públicas, con mobiliario y equipos de la entidad y demás institucionalidad, que les permitió llevar a cabo las labores de inteligencia sin orden judicial”.

Las denuncias por interceptaciones y perfilamientos a la congresista Córdoba, dieron fruto en apertura de procesos judiciales que finalizaron en condenas, como la del 31 de mayo de 2011, en donde el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dictó sentencia condenatoria de segunda instancia en contra de los capitanes de la Armada Nacional, Jorge Alberto Lagos León y Fernando Alonso Tabares Molina, por labores de recopilación de material grabado e inteligencia ilegal realizadas.

De igual forma, el 9 de agosto del mismo año, se profirió sentencia anticipada contra Germán Villalba Chávez y Fabio Duarte Traslaviña por los delitos de concierto agravado, violación ilícita de comunicaciones y utilización ilícita de equipos transmisores y receptores, y abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto en concurso sucesivo y homogéneo.

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