Stephanie Rendón, abogada especialista en contratos de arrendamiento explicó a través de su cuenta de Tiktok que los depósitos que con frecuencia piden algunas inmobiliarias y propietarios de inmuebles son ilegales. La experta asegura que la ley 820 del 2003 que regula el contrato de vivienda urbana así lo contempla.
La experta aclaró que los depósitos son ilegales y que en el caso de los servicios públicos existe un decreto que regula, que ese depósito se le entrega a la empresa prestadora de servicios y no a los propietarios.
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Experta asegura que los depósitos para arrendar un inmueble es ilegal
“Me habían preguntado que cómo así que dije en un video anterior que los depósitos son ilegales en contratos de arrendamiento de vivienda urbana, claro, es que la ley 820 del 2003 que regula como hemos dicho antes el contrato de vivienda urbana, tiene una prohibición expresa contenida en el articulo 16, dice prohibición de depósitos y cauciones reales, está prohibido expresamente por la norma imperativa, es decir, norma obligatoria, frente a la cual no vale ningún pacto en contrario, y está prohibido en los contratos de arrendamiento de vivienda urbana pedirle a la arrendataria depósitos para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento. Es decir, que todo depósito póngale el nombre que le ponga es ilegal, así lo llame cheque, titulo valor, pago anticipado”, indicó la experta.
Además, dijo que cualquier dinero entregado para garantizar el pago de las obligaciones del contrato es ilegal.
“El único documento que puede constar una garantía de cumplimiento es el mismo contrato por escrito y así lo expresa el artículo 16 de lay 820 del 2003 y adelantándome a quienes dirán que salvo los depósitos para los servicios público, de una vez adelanto que eso también es falso. No es cierto que la ley 820 del 2003 autorice el cobro de depósito exclusivamente para el pago de servicios públicos y esa es una interpretación muy errada que le están dando las inmobiliarias y arrendadores, al artículo 15, que regula los servicios públicos, que es para que las empresas públicas asignen que ese inmueble está siendo ocupado por esa arrendataria en particular para que se desvincule el consumo de los servicios públicos del propietario”, explicó.