Independiente Medellín arrancó las primeras fechas del fútbol colombiano con un gran rendimiento, pero ha empatado los últimos cuatro partidos, hecho que descendió su posición a la quinta casilla detrás de América, Atlético Nacional, Santa Fe y Millonarios.
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Tras del hecho, Dimayor emitió la resolución número 022 de 2025, donde confirman que el ‘Poderoso’ tendrá que pagar más de 30 millones por lo que hizo José Raúl Giraldo, el máximo accionista del equipo.
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La resolución no es del más reciente partido, al contrario, se remonta al pasado domingo 16 de marzo, cuando Medellín recibió al Deportivo Cali en el partido que terminó igualado y sin goles.
José Raúl Giraldo y el Director Deportivo, Federico Spada, fueron acusados de estar en el túnel de vestuarios al término del primer tiempo, donde habrían increpado al juez central, el señor Santiago Bismarks, para hostigarlo con reclamaciones airadas cuando se dirigía a su camerino.
Según argumentó Medellín, la presencia de ambos fue netamente deportiva, pensando en subirle el ánimo a los jugadores. No obstante, aun así, se expusieron a una sanción según el numeral 1 del Artículo 80 del código único disciplinario: “La presencia de presidentes o miembros del comité ejecutivo de los clubes en el banco de suplentes o en las inmediaciones del campo sin autorización, desde que el árbitro ingrese al terreno de juego y hasta que lo abandone después del pitazo final, le acarreará al club respectivo, sanción consistente en multa de veinticinco (25) a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción”.
De esta manera, la determinación fue multar al Medellín con más de 30 millones de pesos, pero cerrar el caso contra el director deportivo:
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“Sancionar al señor José Raúl Giraldo Gómez, Representante Legal del Equipo del Pueblo S.A, con multa de treinta y cinco millones quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos ($35.587.500), por incurrir en la infracción descrita en el numeral 1 del artículo 80 del CDU de la FCF; en el partido disputado por la 9ª fecha de la Liga BetPlay Dimayor I 2025, entre El Equipo del Pueblo S.A. y el Club Asociación Deportivo Cali.
2. Decretar el cierre y archivo de las diligencias contra el señor Federico Spada, en atención a que no se cumple el criterio de tipicidad establecido por la norma imputada para que su actuar sea objeto de reproche disciplinario".