A un capitulo final llegó la novela entre Deportivo Pasto, su presidente Óscar Casabón y el jugador Pedro Valoyes, con una decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto - Sala Civil Familia que dejó sin efectos una sanción.
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Fue ante una tutela interpuesta por el futbolista, que el Juzgado Cuarto Civil de Circuito Pasto había decretado un día de arresto para el directivo. Sin embargo, esa sentencia quedó nula.
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A través de un comunicado oficial, el equipo del sur del país compartió el fallo y dejó claro que “los pagos por concepto de incapacidad laboral del señor Pedro Ángel Valoyes Rojano fueron cancelados”
Deportivo Pasto aclara que anularon sentencia contra su presidente
“De acuerdo a “La Sentencia del Juzgado Cuarto Civil de Circuito Pasto en relación al jugador Pedro Ángel Valoyes Rojano, por el incumplimiento del fallo de tutela proferido el día 12 de marzo del 2024; el órgano directivo de nuestra institución se permite informar lo siguiente:
1. Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto - Sala Civil Familia decidió dejar sin efectos dicha sanción impuesta por el Juzgado Cuarto Civil de Circuito Pasto acotando:
A. Que los pagos por concepto de incapacidad laboral del señor Pedro Ángel Valoyes Rojano fueron cancelados.
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B. Que, para acreditar el pago de las incapacidades, la Asociación Deportivo Pasto allegó los recibos de consignación realizados a la cuenta de la que es titular el señor Pedro Ángel Valoyes Rojano, que datan desde el mes de junio del año 2023 hasta el último pago en el mes de abril del año 2024 por lo cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto - Sala Civil Familia DEJÓ SIN EFECTO LA SANCIÓN, teniendo en cuenta que nuestras obligaciones con el jugador Pedro Ángel Valoyes Rojano fueron canceladas oportunamente y, por tanto, se cumplió a cabalidad con el fallo de tutela.
Nos permitimos compartir con la opinión pública las conclusiones emitidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto - Sala Civil Familia”.
Sentencia del Tribunal Superior de Pasto
“En consecuencia, se dejará sin efectos la sanción impuesta al interior del incidente de marras, acotando que tal determinación obedece a lo acaecido con posterioridad a la decisión del juez de conocimiento, quien se inclinó por la sanción habida cuenta de la situación en su momento planteada.
III. DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, en SALA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA,
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RESUELVE:
Primero. - INAPLICAR la sanción impuesta en auto proferido el 23 de abril de 2024 por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Pasto, al interior del presente asunto.
Segundo. NOTIFICAR la presente decisión a las partes involucradas por el medio más expedito.
Tercero. - DEVOLVER el presente asunto al juzgado de origen”.