En las últimas horas ha trascendido que Independiente Medellín no se presentaría al partido ante Patriotas en la ciudad de Tunja si no cambian al árbitro Nicolás Gallo y de no hacerlo, el club sería castigado con varias sanciones que estipula el reglamento.
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Fue el periodista Javier Hernández Bonnet el encargado de confirmar la situación que, según él, le confirmó el máximo accionista del club.
“Confirmado. Medellín no se presentará si la Federación Colombiana de Fútbol no cambia la designación de Nicolás Gallo para dirigir Patriotas-Medellín de la próxima fecha. La noticia me la entregó Raúl Giraldo, el mayor accionista. Crisis a la vista”, manifestó el comunicador.
Sanciones que tendría Medellín se no se presenta
Con base al reglamento del Campeonato, se debe acudir al Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol para encontrar el ítem de sanciones por retirada de un compromiso.
En el Artículo 1 del reglamento de la Liga Betplay Dimayor I-2024 deja claro que las “NORMAS APLICABLES. La Liga BetPlay DIMAYOR I 2024 (la “Competencia”) se regirá por el presente reglamento (el “Reglamento”), por los estatutos de la DIMAYOR (“DIMAYOR”), el Código Disciplinario Único (“CDU”) de la Federación Colombiana de Fútbol (“FCF”)”, entre otros.
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Es allí en donde el CDU estipula en su artículo 83 las infracciones sancionables con derrota por retirada y su respectiva sanción.
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En los parágrafos “H” e “I” se encuentran las que serían las situaciones puntuales para aplicar por la negativa a presentarse a un partido.
“H) Si por actuación de los dirigentes de un club, selección municipal o departamental o por un factor del cual es responsable el club u organizador del encuentro, un partido no puede disputarse o se termina anticipadamente por disposición del árbitro”.
“I) Si por motivo imputable a sus dirigentes o a un factor del cual es responsable el club o el organizador del evento, el equipo no puede, no quiere, se niega jugar o a continuar el partido”.
Allí, según la descripción del artículo 83, habrá una “multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia”.
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“Artículo 83: Infracciones sancionables con derrota por retirada o renuncia. Constituye infracción de los clubes sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y derrota por retirada o renuncia”.
Además, en el parágrafo “L” se detalla que deberá pagar al equipo local (en este caso a Patriotas) los perjuicios económicos que fije la Comisión Disciplinaria.
“L) Al club, selección municipal o departamental que sin justa causa no presentare su equipo en la cancha a la hora programada oficialmente y por esta causa no se realizare el partido. Si el club responsable fuere visitante pagará al local los perjuicios económicos que fije la Comisión Disciplinaria, de acuerdo con las pruebas presentadas y sin perjuicio de las demás sanciones que le puedan corresponder”.
Así es que de acuerdo con el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, si Medellín no se presenta ante Patriotas, tendrá las multas respectivas por retirada del partido y además deberá compensar al cuadro boyacense por lo mismo.