Al Ministerio del Deporte le llegó la orden de que en menos de dos meses le ponga control a lol estatutos sociales de la FCF, los estatutos sociales de la DIMAYOR, el Estatuto del Jugador de la FCF y el Código Único Disciplinario de la FCF.
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Todo esto, ante la acción promovida por ACOLFUTPRO (Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales) en contra de la cartera dirigida por Astrid Rodríguez.
En su página web y redes sociales, la asociación compartió el fallo que “En consecuencia, ORDENAR al Ministerio del Deporte que en el término de 2 meses contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente providencia, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control correspondientes a aprobar e inscribir sus estatutos, reformas y reglamentos, adopte las decisiones que en derecho corresponda, en relación con los estatutos sociales de la FCF, los estatutos sociales de la DIMAYOR, el Estatuto del Jugador de la FCF y el Código Único Disciplinario de la FCF”.
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Acolfutpro celebra fallo contra Ministerio del Deporte
“Dentro del trámite de la acción de cumplimiento promovida por ACOLFUTPRO en contra del Ministerio del Deporte, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado profirió un fallo que ORDENA a esa cartera, que en el término de dos meses, ejerza sus funciones de inspección, vigilancia y control (IVC) para aprobar e inscribir los estatutos sociales de la FCF y de la Dimayor, así como el Estatuto del Jugador de la FCF y el Código Único Disciplinario de la FCF.
ACOLFUTPRO quiere resaltar que esta providencia se emite en reemplazo de la proferida por ese mismo tribunal el 18 de agosto del 2022, como se lo ordenó la Sala Plena de la Corte Constitucional mediante Sentencia SU-386 del 4 de octubre de 2023, con ponencia del Magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, con la que se amparó nuestro derecho al debido proceso vulnerado por la Sección Quinta del Consejo de Estado. En dicha decisión la Corte resolvió revocar y dejar sin efectos la sentencia en la que se negaban las pretensiones de esta asociación y le ordenó a la Sección Quinta del Consejo de Estado que, en un plazo de 30 días, emitiera una providencia de reemplazo.
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Esta es una decisión trascendental porque de un lado permite que una tutela corrija los defectos sustantivos y fácticos que fundamentaron una errada decisión del más alto tribunal de lo contencioso administrativo y por otro lado, porque ratifica el fundamento legal de la acción de cumplimiento que presentó ACOLFUTPRO para que MinDeporte cumpla sin más dilación con sus funciones de IVC.
ACOLFUTPRO ha solicitado infructuosamente desde hace varios años al Ministerio del Deporte, desde que era Coldeportes, que ejerza el control de legalidad sobre aquellos estatutos y reglamentos de la FCF en los que se vulneran sus derechos fundamentales, como por ejemplo la prohibición de acudir a la justicia ordinaria, la prohibición de inscribir futbolistas en competiciones oficiales por conflictos entre clubes y prohibir el derecho a la protesta.
Un ejemplo claro es que al actual Estatuto del Jugador de la FCF no se le han hecho actualizaciones desde el año 2021, pese a que la FIFA en ese lapso ya ha hecho cuatro modificaciones que ya deberían haber sido incluídas.
Es importante recalcar que este fallo no solo beneficia a los futbolistas, sino a todos los deportistas de Colombia, quienes también han visto vulnerados sus derechos fundamentales, por la omisión de MinDeporte del cumplir sus funciones legales de inspeccionar, controlar y vigilar los estatutos, reformas y reglamentos de los organismos deportivos”.