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¿JEP o Constituyente?

La sanción presidencial de la Ley Estatutaria de la Justicia Especial para la Paz por cuenta de una orden de la Corte Constitucional al gobierno del presidente Duque, desconociendo los argumentos del ejecutivo no solo por cobrar total validez desde la perspectiva de la inconveniencia e inconstitucionalidad de dicha ley estatutaria, reparos todos hechos al unísono por el gobierno nacional el proyecto tenía artículos que de una manera expresa son una clara jugada judicial para que la macrocriminalidad haga maniobras evasivas a la justicia transnacional, a la nacional misma, de manera clara es un estímulo grande para las nuevas expresiones de violencia a las que esta expuesta la nación.

Visto ello no solo queda en entre dicho la política criminal del Estado, el poder punitivo de la administración de justicia y todo el régimen jurídico a la hora de perseguir hampones, sino el limbo jurídico en el que se encuentra la institucionalidad, la administración de justicia en asuntos tan claros como lo era la evidente necesidad de extraditar a Santrich. La impotencia es nacional, como la vergüenza ante la comunidad internacional, en donde un claro mafioso, se apalanca de normas jurídicas complejas, y un mar normativo que poco deja ver con claridad y mucho a interpretar según los intereses diáfanos, con contenidos oscuros e ideológicos.

Pasamos de la indignación a la vergüenza, y con ello una serie de cuestionamientos que debemos hacernos sin prisa y sin risa, ¿cuál es la necesidad de tener un conjunto de miles de normas que no se cumplen? En buena hora el Congreso esta ad portas de sacar adelante una ley para derogar mas de 10.000 leyes en desuso, obsoletas, o que ya cumplieron su objeto o termino de vigencia. El asunto no es menor, es que dentro de cientos de contradicciones institucionales en la administración de justicia se cobijó la no extradición de quien por “W” debía estar extraditado en razón del incumplimiento al acuerdo de paz; basta mirar las contradicciones y los raseros.

Es inexplicable cómo una alta corte, por hechos de público conocimiento fallara manteniendo una investidura, para darle carácter de aforado y así sin posesionarse, lograre tener el reconocimiento judicial de aforado sin siquiera haberse posesionado, es sencillamente ¡inexplicable! Solo bastaría pensar como en un hipotético caso, México en medio de argucias jurídicas, vueltas judiciales o todo tipo de triquiñuelas, se hubiese resistido en su momento a extraditar al máximo capo hasta ahora conocido como el “Chapo Guzmán” a los Estados Unidos. Lo que ha sucedido en Colombia no solo es humillante para la comunidad internacional es humillante para sus nacionales, y a lo que queda de institucionalidad.

Todo esto no solo deja serias dudas, impotencia y reparos a la estructura organizacional del Estado, también deja de presente una grave preocupación sobre el alcance y poder vinculante del mandato dado por parte del constituyente primario al ejecutivo, y la capacidad de maniobra de un jefe de estado y de gobierno de hacer efectivo ese mandato; la desilusión es monumental, no solo al ver tal falta de capacidad real de mando institucional, sino ver al poder judicial con un protagonismo exasperante de gobernar. La posibilidades que nuestra sociedad evolucione parte de la sencillez de las instituciones, y la practicidad de un Estado eficiente, es hora pensar sin dilación alguna si queremos mas de estas dosis, o la posibilidad de hacer una reingeniería de Estado, mediante una oportuna Constituyente.

Por: Guillermo Rodríguez

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