La semana pasada el Poder Judicial de Mendoza (Argentina) aceptó el recurso de hábeas corpus interpuesto por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales, a favor de ‘Cecilia’: una chimpancé que ha vivido en cautiverio en el zoológico de la ciudad durante más de 30 años. En un fallo inédito, la juez aceptó el recurso y la petición de los demandantes de liberarla y reubicarla en un santuario, calificando a la primate como “sujeto de derechos no humano”.
Con esta, son dos las decisiones en las que tribunales argentinos aceptan el recurso de hábeas corpus para resolver la situación de animales privados de su libertad en zoológicos, cuyo cautiverio vulnera su dignidad y derechos fundamentales en calidad de seres sentientes con habilidades cognitivas. El primero, de 2014, fue el caso de ‘Sandra’, una orangutana de 29 años de edad confinada durante dos décadas en el zoológico de Buenos Aires, en el que la Cámara Federal de Casación Penal aceptó el recurso interpuesto por la misma asociación. El antecedente más temprano es de 2007, cuando una ONG brasileña consiguió que un juez de Bahía aceptara el recurso de hábeas corpus para liberar a ‘Suiza’, una chimpancé recluida desde hacía 10 años en el zoológico de la ciudad.
Para algunos, especialmente conservadores y civilistas que aún afirman que “el derecho no se da sino entre hombres”, probablemente resulte inaceptable la calificación de ‘sujetos’ y ‘de derecho’ para animales no humanos, al igual que la admisión del recurso de hábeas corpus que aplica cuando un individuo ha sido privado de su libertad injustamente y sin garantías.
Para otros, al contrario, entre quienes me incluyo, se trata de soluciones experimentales, desafiantes y creativas del derecho en respuesta al cambio social. Decisiones como estas anuncian que el reconocimiento de los animales hace parte del derecho del futuro, cuyas categorías, doctrinas y preceptos están en construcción.
Para la juez que resolvió la acción a favor de los intereses de ‘Cecilia’ y de quienes asumieron su defensa, no se trata de otorgarles a los animales derechos humanos (argumento tonto que algunos repiten “como loros”). Se trata, eso sí, de aceptar y entender de una buena vez que los animales son seres vivos sentientes a quienes les asisten, entre otros, el derecho fundamental a nacer, a vivir, a crecer y a morir en el medio que les es propio según su especie.
Por ello, como dice la juez, una jaula jamás será el lugar adecuado para un animal. “Lo adecuado y correcto es que los hombres, con el grado de razón que nos asiste, cesemos con el cautiverio de los animales para su exposición y entretenimiento de personas, dado que estos son sujetos de derechos no humanos y como tales poseen el derecho inalienable a vivir en su hábitat, a nacer en libertad y a conservarla”.
El recuerdo de la juez de haber hallado a ‘Cecilia’ triste y sola, en un rincón de cemento donde los únicos árboles eran los dibujados en las paredes, rompe el alma. Quizás el derecho del futuro, con el de los animales no humanos como eje, sea el de la empatía y la sensibilidad frente a las cosas importante de la vida.