Se cae la recolección de firmas para la revocatoria del alcalde de Daniel Quintero. La decisión fue tomada por el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín.
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La razón que habría llevado al juez a tomar esta decisión es porque el alcalde ad hoc aún no puede verificar que se cumplan las medidas de bioseguridad.
La revocatoria
La oposición desde que Daniel Quintero, alcalde de Medellín, cumplió un año de gestión busca adelantar el proceso de revocatoria. Sin embargo, la pandemia no ha permitido que el proceso de recolección de firmas se pueda realizar.
A pesar de las dificultades, el movimiento de revocatoria ha tomado cada vez más fuerza en las redes sociales, tanto que llevó a que se nombrara un alcalde ad hoc para hacerle seguimiento al proceso de los protocolos de bioseguridad.
Este miércoles se conoció que el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín suspendió la recolección de firmas, no se cumple con los protocolos de bioseguridad
De acuerdo con Semana, los comités están obligados, según orden del Ministerio de Salud y Protección Social, a cumplir con protocolos para la recolección de los apoyos ciudadanos necesarios para continuar con la siguiente fase del proceso de revocatoria.
Lo que quiere decir que se deben cumplir de acuerdo a los estándares de bioseguridad establecidos en la Resolución No. 777 de 2021 proferidas por el Ministerio de Salud.
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Esto significa que el cumplimiento de estas medidas las debe garantizar el alcalde ad hoc. Es decir, Juan Pablo Díaz Granados, designado el pasado 17 de junio.
La decisión del juzgado
La revista reveló que el concepto del Juzgado indica que el alcalde ad hoc manifestó que aún no ha tomado posesión de su cargo. Por esta razón, no puede vigilar que la recolección de firmas para la revocatoria cumpla con los protocolos de bioseguridad.
«Ello significa, además, que tampoco ha resuelto el impedimento de la secretaria de salud de Medellín para fungir como garante del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por parte de los comités de revocatoria y el acatamiento de las disposiciones prescritas en la Resolución No. 777 de 2021″.
Además, el Juzgado agregó que: “Esta decisión, a juicio del Despacho puede contribuir a que se incremente el número de contagios por COVID-19, resultantes de un proceso de recolección de firmas, en donde no está garantizada la verificación en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad requeridos, con lo cual se pone en riesgo no solo el derecho a la salud de los habitantes de Medellín, sino que, eventualmente desconoce el debido proceso que debe seguirse en el proceso de revocatoria”.