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Corte Constitucional tumbó el IVA de las copas menstruales

¡Qué gran noticia para las mujeres!

Cortesía

Después de varios meses de estudio, finalmente la Corte Constitucional tumbó el IVA de las copas menstruales.

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Según el fallo, a este producto se les aplicará la exención del impuesto que ya tienen las toallas higiénicas y los tampones desde 2018.

Esta decisión del alto tribunal le sacó ventaja a la reforma tributaria del Gobierno Nacional.

Corte Constitucional tumbó el IVA de las copas menstruales

En 2016 llegó a la Corte una demanda contra la reforma tributaria de ese año. En esta se establecían un IVA del 5 % al producto.

Durante esos años la Corte tuvo caso, pero en 2020 empezó el estudio que termina este miércoles con un fallo favorable.

El tribunal aseguró que «imponer un gravamen a las mujeres por consumir productos que no se pueden sustituir, vulnera los principios de equidad, igualdad y progresividad tributaria».

Además, en en concepto enviado a la Corte, la Procuraduría dijo: “Se considera que la exclusión de la copa menstrual, del listado de bienes exentos de IVA, genera una situación de desigualdad negativa que afecta a las mujeres, en la medida en que la imposición de la carga tributaria les limita el acceso a nuevas tecnologías idóneas y eficaces para el manejo de la higiene menstrual”.

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