El próximo 3 de julio vence el plazo para que empresas y establecimientos de comercio renueven su matrícula mercantil. Esta nueva fecha se estableció gracias a que la Cámara de Comercio de Bogotá, junto con Confecámaras, promovió la ampliación del plazo al Gobierno Nacional como un alivio para las empresas por las restricciones que ha impuesto el COVID-19.
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El plazo original de ley para la renovación vence tradicionalmente 31 de marzo de cada año. Solo en 2020, para aliviar la situación de los empresarios en esta coyuntura, se extendió el plazo hasta el 3 de julio. Esta medida cobija también la renovación de los registros de Entidades Sin Ánimo de Lucro, Entidades de Economía Solidaria, Turismo, Operadores de Libranza, Veedurías Ciudadanas y Organizaciones No Gubernamentales de Carácter Extranjero.
¿Por qué es tan importante renovar mi matrícula mercantil?
Tener al día esta obligación legal acredita a las personas naturales, personas jurídicas y establecimientos de comercio. Es su mejor herramienta para ser visibles en el mercado, hacer negocios, acceder a los beneficios que ofrecen sectores público y privado ante la coyuntura. Ingrese aquí y realice su renovación.
La Cámara de Comercio de Bogotá invita a los empresarios a hacer su renovación de manera fácil, rápida y segura en www.ccb.org.co.
Realice su renovación y pago en 3 sencillos pasos:
- Ingrese a ccb.org.co y actualice la información (correo electrónico, teléfono celular, número del negocio y las actividades mercantiles asociadas a su negocio).
- Actualice su información financiera con corte a 31 de diciembre.
- Realice el pago en el mismo portal a través de PSE o pagos con tarjetas de crédito, o también pueden acudir a sucursales de los bancos o a los corresponsales no bancarios de Bancolombia.
El próximo 3 de julio vence el plazo para que empresas y establecimientos de comercio renueven su matrícula mercantil. Esta nueva fecha se estableció gracias a que la Cámara de Comercio de Bogotá, junto con Confecámaras, promovió la ampliación del plazo al Gobierno Nacional como un alivio para las empresas por las restricciones que ha impuesto el COVID-19.
El plazo original de ley para la renovación vence tradicionalmente 31 de marzo de cada año. Solo en 2020, para aliviar la situación de los empresarios en esta coyuntura, se extendió el plazo hasta el 3 de julio. Esta medida cobija también la renovación de los registros de Entidades Sin Ánimo de Lucro, Entidades de Economía Solidaria, Turismo, Operadores de Libranza, Veedurías Ciudadanas y Organizaciones No Gubernamentales de Carácter Extranjero.
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Tener al día esta obligación legal acredita a las personas naturales, personas jurídicas y establecimientos de comercio. Es su mejor herramienta para ser visibles en el mercado, hacer negocios, acceder a los beneficios que ofrecen sectores público y privado ante la coyuntura. Ingrese aquí y realice su renovación.
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- Actualice su información financiera con corte a 31 de diciembre.
- Realice el pago en el mismo portal a través de PSE o pagos con tarjetas de crédito, o también pueden acudir a sucursales de los bancos o a los corresponsales no bancarios de Bancolombia.
Video: Tributo a todas esas empresas que construyen el futuro con sus propias manos