En las últimas horas se ha conocido el caso de los siete militares que violaron por la fuerza a una menor de edad indígena del resguardo indígena embera-Chamí en Risaralda.
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El fiscal Francisco Barbosa emitió una rueda de prensa en donde orgulloso resaltó que había logrado que los siete militares fueran llevados a prisión y que el juez los encarcelara.
“En menos de 72 horas, en un enlace con las diferentes autoridades, y en una acción liderada por la delegada para la Seguridad Ciudadana y la Seccional Risaralda, se produce un resultado contundente en un hecho doloroso para los colombianos”, aseguró Barbosa.
Por medio de un comunicado, mostró al país que los hombres fueron llevados a una guarnición militar, pero también soltó un detalle que pocos se detuvieron a observar.
La Fiscalía General de la Nación imputó los cargos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años a los soldados implicados, estos aceptaron los cargos y todo pareciera quedar en buenas manos.
Sin embargo, por la narración de los hechos de la familia y de la menor, según abogados penalistas, el delito que debió ser imputado es el del acceso carnal violento, por la naturaleza de los hechos.
¿Cuál es el problema? El acceso carnal abusivo está contemplado en el Código Penal y podría tener una pena dos años más baja que el acceso carnal violento.
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Lo que genera dudas en este caso es que el delito de acceso carnal abusivo pone sobre la mesa que la niña indígena de 12 años, dio su consentimiento para sostener relaciones sexuales con seis hombres.
Esto es muy grave teniendo en cuenta las declaraciones de Felicinda, su hermana mayor, que contó a Vicky Dávila en Semana que los militares forzaron a su hermana, luego de que ella fue por unas guayabas.
VICKY DÁVILA: ¿Qué fue lo que le hicieron?
FELICINDA: Ella nos contó a nosotros que unos soldados la violaron, la cogieron a la fuerza, le taparon la boca y no le dejaron gritar. Entonces ella bregaba y después la cogieron otra vez, y otro soldado la cogió otra vez a la fuerza y la violaron allá. Los soldados le dijeron que no dijera nada, que la demandaban, entonces ella dijo que no iba a decir nada.
V.D.: O sea la abusaron entre varias personas, entre varios soldados
FELICINDA: Entre varios soldados, sí.
V.D.: ¿Ella cómo está hoy? ¿Cómo se encuentra?
FELICINDA: En este momento se encuentra en el hospital en Pueblo Rico. Ayer, nosotros estuvimos en el hospital, estuvimos con ella. Yo le dije porque nosotros somos dos hijos, entonces yo vine para mi casa y en este momento yo creo que me voy pa…
V.D.: ¿Los médicos qué le han dicho, que ella físicamente cómo se encuentra?
FELICINDA: Pues el médico dice que ella está un poquito mejor, pero yo sé que mi hermana no está bien. Lo que pasa es que esa muchacha es como calladita. Ella es una niña, ella no sabe nada de esas cosas. Además, tampoco me está gustando que una de las enfermeras que estaba con nosotros dijo que no podía quedar nadie con ella. Para mí eso no está bien, porque en este momento ella tiene que estar con alguien.
V.D.: ¿Psicológicamente cómo está? ¿Ha llorado mucho? ¿Cómo se encuentra ella de ánimo?
FELICINDA: Pues ella ha estado llorando, la verdad.
Para el abogado penalista, Francisco Bernate, los hechos son muy graves y deberían ser reevaluados de inmediato.
«Los hechos son muy graves. Esto en la práctica significa que para la Fiscalía General de la Nación, lo que se presenta en en estos hechos es que la niña consiente tener estos encuentros sexuales con estas siete personas. Que no encuentra un contexto de violencia, ni de superioridad, sino que se trata de relaciones consentidas en las que por ser un menor de edad se trata de un abuso sexual», indicó Bernate a PUBLIMETRO.
Según la Fiscalía, «ese fue el tipo penal que se ajusta, según las evidencias y el dictamen de Medicina Legal», pero para el penalista esto no tiene mucho sentido.
«A mí sí me parece sorpresivo que se sostenga que una menor consiente tener este encuentro con siete personas que además están armados, porque son de las Fuerzas Militares», apunta el penalista.
Esto, podría significarle a los militares, una condena mucho más baja en el contexto, lo que genera un desazón.
«El delito de acceso carnal abusivo si es significativamente menor que el acceso carnal violento, pues si bien en ninguno de los casos se pueden llegar a acuerdos o rebajas, la sanción del acceso carnal abusivo parte de los 8 años de prisión, mientras que la del acceso carnal violento parte de los 10 años», afirma.
Sin embargo, lo que es más grave, es que por el hecho de ser agravado «el beneficio puede resultar siendo de cinco o seis años. Claramente el abuso sexual si es menos penado que el acceso carnal violento».
«Este caso es muy delicado y deben revelar muy bien los nuevos hechos», afirma Bernate que señala que un juez que considere que se imputó mal el delito, puede echar atrás la imputación.
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