Tras la intervención de la Personería, se declaró la nulidad de la orden de comparendo impuesta contra el joven Pedro Esteban Carrillo, por supuestos actos obscenos con su pareja en el Centro Comercial Andino, el pasado 14 de abril.
El ente de control comprobó que el agente de Policía dejó incompleto el procedimiento al imponer la orden de comparendo al joven sin haberlo escuchado en descargos, lo cual conlleva a la nulidad del proceso por una falla objetiva que evidencia que la actuación policial en el proceso verbal inmediato, fue precaria.
Anulan comparendo impuesto a pareja gay en el Andino
La Personería, al revisar los videos aportados por la Segunda Estación de Policía, descubrió que ante la falta de resolución y claridad, no se pueden detallar las conductas denunciadas.
Tampoco se evidencian escenas de actuaciones policiales como la toma de declaraciones y revisión de pruebas al atender la situación, ni el proceso de descargos por la Policía.
Ante los hechos, el ente de control evidenció vulneración a los derechos al debido proceso, a la contradicción, a la defensa y a un proceso público, como lo consagra la Constitución.
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