Desde el Ministerio de Defensa se hizo pública la reglamentación para el porte de armas en Colombia.
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El ministro de Defensa, Guillermo Botero, aclaró que en Colombia, el porte de armas está suspendido. Sin embargo, con esta directiva se dictan los requisitos para los permisos especiales de porte de armas.
En la actualidad, en Colombia hay 339.160 personas naturales con permiso para portar armas, todos suspendidos. De esos, en 2018 se concedieron 5.630 permisos especiales regionales y 1.197 permisos especiales nacionales, para un total de 6.827 permisos especiales. Esta cantidad, corresponde al 0.015% del total de la población de Colombia (población estimada DANE de 45.5 millones de colombianos).
En Colombia, el porte de armas está suspendido. El monopolio de las armas es del Estado, por lo que la posesión o porte de las mismas no es un derecho. Es una excepción: @GuillermoBotero CC @infopresidencia @FuerzasMilCol @PoliciaColombia pic.twitter.com/CCe6Y2JOQh
— Mindefensa (@mindefensa) February 20, 2019
Reglamentación
Quienes deseen portar un arma deben pasar por un proceso de evaluación que, eventualmente, les da la posibilidad de tener un permiso. Al estar suspendidos estos permisos, sólo quienes obtengan permiso especial podrán portar armas.
Entre las novedades se destaca la creación de comités evaluadores para la entrega de permisos especiales. Además, la consulta de antecedentes de SIJIN y DIJIN, Registro Nacional de Medidas Correctivas y consulta de procesos activos en Fiscalía.
La medida será objeto de evaluación trimestral por parte del Comando General de las Fuerzas Militares. También por los Comandos de Fuerza y la Dirección de la Policía Nacional.
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Según el ministro, se reduce el número de personas que ya no son objeto de excepciones. De ahora en adelante, ministros, concejales y funcionarios del Ministerio de Defensa deberán pasar por el mismo proceso de evaluación que cualquier persona natural.
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