Bogotá

Lo que debe saber del impuesto predial 2017

¿Sabe cómo se calcula el impuesto predial 2017? La Secretaría de Hacienda de Bogotá, dio a conocer el Acuerdo de Simplificación Tributaria.

Gracias al nuevo sistema tributario pretende lograr que el impuesto para predios residenciales sea más equitativo entre los bogotanos; se calcula que cerca de 1.300.000 predios se verán beneficiados con un alivio en las tarifas, aproximadamente el 80% de los predios residenciales de la capital colombiana.

Según informó la Secretaría, antes el impuesto se calculaba de acuerdo con el estrato de cada casa y apartamento, ahora el factor más importante es el avalúo catastral del cada predio pues el modelo que se venía implementando no cumplía con el objetivo de cobrarle más a quienes tienen más y menos a quienes tienen menos.

Pues es un hecho que hay casas de estrato tres que valen más que un apartaestudio estrato 6 y para corregir ese error en el cálculo del impuesto, el Concejo de Bogotá aprobó una tabla para calcular el valor que cada propietario debe pagar dependiendo del avalúo catastral de la vivienda.

Cabe aclarar que, según la Secretaría de Hacienda, las viviendas de gran dimensión que antes estaban protegidas por un estrato bajo, haciendo que no aumentara demasiado el valor del impuesto no se verán afectadas por este nuevo modelo.

Para eso existe un limite del aumento que se puede aplicar; en 2015 el límite era de 65% en el incremento, para 2017 el Distrito solo cobrará hasta un 20% adicional con respecto al año anterior; es decir, en el peor de los casos, los propietarios solo pagarán el mismo valor del impuesto del año pasado más un incremento de 20%.

La Secretaría Distrital de Hacienda, recordó que los predios de uso residencial de estratos 1 y 2, cuyo avalúo catastral sea igual o menor a 16 Smmlv, no estarán obligados a declarar y pagar el impuesto predial unificado.

Además, los incrementos máximos del impuesto predial unificado, para los predios de uso residencial, serán aplicables cuando el impuesto liquidado tenga como base gravable el avalúo fijado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

Recuerde que las cuotas pagadas después de las fechas establecidas sufrirán intereses de mora, que serán incluidos en el cupón o recibo de pago que se expida para la siguiente cuota.

Descuentos
  1. Se mantendrá el descuento por pronto pago que equivale al 10% de valor total del impuesto, realizando el aporte antes de la primera fecha de vencimiento.
  2. Los contribuyentes que actualices su información a través de la página web de la Secretaría de Hacienda, permitiendo recibir notificaciones por correo electrónico, recibirá un descuento adicional del 1%.
  3. También existe la posibilidad de realizar el pago por cuotas sin intereses adicionales, realizando el trámite por medio de la página web.
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