Este jueves, Juan Manuel Santos se someterá a exámenes en la clínica Johns Hopkins de Baltimore (Estados Unidos). Los temores por su salud han desatado una carrera para determinar su sucesión como presidente de la República de ser necesario.
Los exámenes de Santos buscan descartar una reaparición del tumor encontrado en su próstata en 2012. Además, existen serios temores por el estado de salud del vicepresidente Germán Vargas Lleras luego de que el pasado mes de enero le fuera extirpado un tumor benigno de su cerebro.
Según el artículo 203 de la Constitución Política de Colombia, el cargo de Presidente debe ser asumido por el vicepresidente, y luego por un ministro de acuerdo a su orden de precedencia, siempre y cuando sean del mismo partido. Este es un orden protocolario que responde a la importancia de los ministerios para el Gobierno.
El orden protocolario del Gabinete
- Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo
- Ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín
- Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas
- Ministro de Justicia, Jorge Londoño
- Ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas
- Ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri
- Ministro de Salud, Alejandro Gaviria
- Ministra de Trabajo, Clara López
- Ministro de Minas y Energía, Germán Arce
- Ministra de Comercio Exterior, María Claudia Lacouture
- Ministra de Educación, Yaneth Giha
- Ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo
- Ministra de Vivienda, Elsa Noguera
- Ministro de TIC, David Luna
- Ministro de Transporte, Jorge Rojas
- Ministra de Cultura, Mariana Garcés
Cabe recordar que Santos fue elegido por la Unidad Nacional, compuesta para el tarjetón de las elecciones 2014 por los partidos de la U, Liberal y Cambio Radical. Así, los primeros serían los ministros liberales Juan Fernando Cristo y María Ángela Holguín.
Tanto Cárdenas como Londoño no harían parte de la sucesión: el ministro de Hacienda es conservador y el de Justicia, de la Alianza Verde. Por tanto, el siguiente en la línea de sucesión sería Luis Carlos Villegas.
Cabe anotar que ningún congresista podría hacer parte de esta sucesión, debido a que los artículos 180 y 181 de la Constitución impiden que los 268 miembros del Congreso puedan «desempeñar cargo o empleo público o privado» en el período constitucional para el que fueron elegidos.
Y Vargas Lleras…
Cabe anotar que el vicepresidente Germán Vargas Lleras también entra en esta discusión, debido a una posible remisión de las lesiones por las cuales fue operado el pasado 20 de enero, y ha debido someterse a tratamientos de quimio y radioterapia.
Para poder reemplazarlo, la Constitución autoriza al Congreso a elegir un reemplazo del vicepresidente en caso de falta absoluta, es decir: muerte, renuncia aceptada o incapacidad física permanente reconocida por el Congreso.
Cabe anotar que esto ocurrió en 1996, cuando Humberto de la Calle renunció a la vicepresidencia en medio del escándalo del Proceso 8000. En esa oportunidad, el Congreso designó como su reemplazo a Carlos Lemos Simmonds. La situación podría repetirse en mayo de 2017 si Vargas Lleras renuncia para asumir de tiempo completo su candidatura presidencial para el 2018.
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