A partir de este sábado 4 de febrero entra en vigencia la Ley 1805 que permite al Gobierno apoderarse de los órganos y tejidos de los ciudadanos al momento de su muerte, salvo si alguien expresa en vida no querer hacerlo a través de un documento autenticado ante Notaría y registrado en el Instituto Nacional de Salud.
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“Se presumen que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento”, expresa la normativa.
“La voluntad de donación expresada en vida por una persona solo puede ser revocada por ella misma y no podrá ser sustituida por sus deudos y/o familiares” , cita la ley.
Cabe aclarar que una condicional señala que los tejidos conseguidos por dicho medio para el banco de órganos, no podrán ser donados a ciudadanos extranjeros.
“Nuestra ley de regulación establece que el acto de la donación es un acto altruista y voluntario que debe ser gratuito; además la nueva ley establece penas para quienes traigan órganos con fines comerciales”, añade.
Según un informe del Ministerio de Salud, en Colombia hay cerca de 2.600 pacientes esperando un trasplante de órganos y con esta nueva ley, se espera que se beneficien cerca de 55 personas más al año.