El decreto 439 del 10 de octubre de 2016 autorizará a los taxistas de Bogotá a poder cobrar un incremento de 4 pesos en la unidad de taxímetro, lo cual redunda en un incremento de alrededor del 5% en la tarifa de taxis.
La medida autoriza a los taxistas y empresas del servicio público a aumentar sus tarifas cuando hagan las respectivas modificaciones de las tablas de precios y de los taxímetros, expuestas tradicionalmente en la silla del copiloto.
Entre estas tarifas se encontrarán los siguientes incrementos:
Carrera mínima: de 3900 a 4100 pesos.
Banderazo: de 25 unidades (2000 pesos) a 28 unidades (2300 pesos)
Recargo al Aeropuerto Internacional El Dorado y el Puente Aéreo: de 3500 a 4100 pesos.
Recargo al Terminal de Transportes: de 500 a 600 pesos
Servicio por horas: de 17600 a 18500 pesos por hora.
Si su carrera normal costaba 7800 pesos, al ser 100 unidades, podría tener doble incremento: al aumentar el banderazo de 25 a 28 unidades, su carrera pasaría a ser de 103 unidades, y con el aumento de tarifas, pasaría a 8500 pesos.
El incremento había sido discutido desde agosto de 2016 por la Alcaldía, pero solo hasta la emisión de este decreto se aprobará el incremento para los pasajeros.
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