El exlíder paramilitar, Salvatore Mancuso, seguirá recluido en la cárcel La Picota de Bogotá. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le negó la libertad condicional, que había sido solicitada recién llegó Mancuso al país, porque no ha hecho aportes relevantes a la construcción de paz en el país.
La JEP argumenta que la libertad transitoria, condicionada y anticipada no es un derecho automático, sino un beneficio que se otorga para construir confianza en el marco del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). La decisión se basa en la necesidad de garantizar los derechos de las víctimas y en el cumplimiento de las obligaciones por parte del interesado.
La subsala especial a la cual le correspondió analizar el otorgarle, o no, la libertad condicional a Salvatore Mancuso aseguró que, por ahora, “no posee los elementos objetivos exigidos por la naturaleza de la condición de compareciente de Salvatore Mancuso Gómez”.
Salvatore Mancuso, que estaba cumpliendo una pena por narcotráfico en Estados Unidos, llegó al país por pedido del Presidente Gustavo Petro con el fin de que se acogiera a la JEP y participara en la construcción de paz, memoria y reconciliación en Colombia.
Mancuso y sus solicitudes fallidas
Esta no es la primera vez que un tribunal le niega la libertad condicional a Salvatore Mancuso. El pasado 13 de marzo, Justicia y Paz, en su Sala en Barranquilla, rechazó la solicitud de libertad del exlíder paramilitar, quien ya había designado como ‘gestor de paz’ por el gobierno de Gustavo Petro. En la resolución del tribunas de Justicia y Paz se especificó que la Sala, “no encuentra qué papel concreto desempeñaría el procesado en las mesas técnicas. Es más, no se sabe cuáles son las mesas, quién las integraría, dónde operarían, por cuánto tiempo sesionarían”.
De igual forma, desde Justicia y Paz se criticó la forma en a que, en principio, se pretendía brindarle libertad condicional a Salvatore Mancuso. “Contrario a lo que plantean en la Fiscalía y los apoderados de víctimas, la Sala determina que la resolución presidencial 244 del 14 de agosto de 2023 tiene serios vicios que la hacen incompatible con la Constitución Política al pretender una excarcelación abierta e ilimitada para un postulado de los beneficios de Justicia y Paz”, sentenciaron.