Ante el anuncio del gobierno nacional de eliminar el uso obligatorio del tapabocas en espacios cerrados a partir del próximo 1 de mayo, la Alcaldía de Bogotá expidió el Decreto 173 del 29 de abril de 2022, con el cual se elimina el uso obligatorio del tapabocas en espacios cerrados de la ciudad.
La medida también indica que solo los municipios y distritos del país que cumplan con el porcentaje de vacunación con dos dosis por encima del 70% y 40% con dosis de refuerzo podrán eliminar esta medida de bioseguridad contra el Covid-19.
Durante el PMU de este viernes 29 de abril, el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, dio a conocer que son muy pocas las entidades territoriales que cumplen con lo establecido: San Andrés, Bogotá, Quindío, Barranquilla y Boyacá.
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De igual manera, resaltó que, aunque existan municipios que no cumplan con el 40 %, ya pueden considerarse que están libres de tapabocas en espacios cerrados.
Entonces, ¿dónde aún se debe utilizarlo?
El Decreto 173 del 29 de abril de 2022 de la Alcaldía de Bogotá, menciona algunas excepciones, es decir que en algunos lugares de la capital sí se deberá seguir usando este elemento de protección.
El documento indica que “solo se puede exigir en los siguientes casos”:
1. Servicios de salud.
2. Hogares geriátricos.
3. Transporte de personas en todas sus modalidades.
Asimismo, asegura que desde el 15 de mayo tampoco será obligatorio el uso de tapabocas en instituciones educativas (colegios y universidades).
Según datos del sistema de vigilancia epidemiológica del distrito, al 28 de febrero de 2022 “se observa una reducción en el número de casos y fallecimientos, correspondiente a un 22% respecto en el número de la semana anterior. Para esta misma fecha de corte, se contó con 850 casos activos en la ciudad, que indican que hay 10,8 casos por 100.000 habitantes. Para el caso de fallecimientos, se observa que durante el último mes ha disminuido la mortalidad y se ha mantenido por debajo de 5 fallecimientos”.
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