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¿Hay ley seca? Estas son las restricciones que ya no van más en Bogotá

Cuáles son las restricciones que ya no van más en Bogotá. La capital del país inicia hoy una nueva etapa de reactivación

Luego de meses de duras restricciones, Bogotá inicia este martes 8 de junio una nueva etapa de reactivación.

Así lo anunció la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, al detallar que el éxito de esta apertura depende de todos.

Las restricciones que ya no van más en Bogotá

En esta nueva etapa no regirá ninguna restricción a la movilidad ni a la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

En cuando a los bares y gastrobares, podrán abrir entre las 10:00 a.m. y la 1:00 a.m. Previamente, deberán inscribir sus protocolos de bioseguridad INGRESANDO AQUÍ.

La regla principal para todos los establecimientos e instalaciones es el control de aforo, el cual se deberá indicar de manera visible al ingreso de las instalaciones. Este aforo depende de la actividad del establecimiento comercial o laboral y está estipulado por el Ministerio de Salud.

La alcaldesa recordó a comerciantes, empresarios, administradores y personal que atiende al público, su compromiso de implementar y hacer cumplir las medidas de higiene y bioseguridad establecidas.  Para ello, la Secretaría de Gobierno hará este control de aglometaciones en las zonas de comercio, incluyendo zonas de comercio informal.  

Las restricciones que ya no van más en Bogotá

¿Cuáles son las actividades que aún no estarán permitidas?

No están permitidas las discotecas y los eventos públicos o privados que impliquen aglomeración de personas. Esto incluye los eventos deportivos como el fútbol y conciertos.

La alcaldesa informó que, sin embargo, el Distrito solicitará al Gobierno Nacional un piloto de reapertura una vez la ciudad baje a los niveles de alerta amarilla (UCI en 75% de ocupación o menor).

¿Sigue el teletrabajo?

Todas las entidades del sector público y privado deberán procurar que el 70% de empleados o contratistas funcionen bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo en casa. Esto aplica para las personas cuya presencia no es indispensable y se dará prioridad a las personas no vacunadas o con enfermedades de riesgo.

Los empleadores deben garantizar el aislamiento de sus trabajadores en caso de sospecha de contagio por coronavirus.

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