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No habrá ley seca durante la cuarentena estricta de este fin de semana en Medellín

Las autoridades informaron que este fin de semana no habrá ley seca, pero que está prohibido el consumo de licor en espacio abiertos.

Este viernes a las cero horas inicia la cuarentena estricta en la capital antioqueña. No habrá ley seca durante la cuarentena estricta de este fin de semana en Medellín.

No habrá ley seca

La cuarentena estricta, que ha sido denominada como Cuarentena por la Vida, cobija a los diez municipios del Área Metropolitana.

La razón principal es porque en este territorio se encuentra el 72% de los casos de contagio del departamento.

Medellín ya se encuentra en Alerta Roja.  Aunque anunció que no habrá ley seca, sí mantiene la prohibición de consumo de licor. No se podrán consumir ni en espacios abiertos y ni en establecimientos de comercio.

“Este Estado de Cuidado Total nos invita a que no salgamos si no es estrictamente necesario. Pero, también a que dentro de nuestros hogares usemos el tapabocas y adoptemos todas las medidas de bioseguridad como el lavado frecuente de manos”, dijo el secretario de Gobierno, Esteban Restrepo.

La medida regirá desde las 00:00 del viernes 31 de julio hasta las 00:00 del 3 de agosto. Además, se repetirá desde las cero horas del 7 de agosto hasta las cero horas del 10 de agosto.

El Decreto 2020070001756 de 2020, expedido por el gobernador encargado, Luis Fernando Suárez, contempla un total de 30 excepciones para los dos fines de semana, entre los que se destaca la prestación de servicios de salud, cuidado a niños, niñas y personas mayores, servicios funerarios y emergencias veterinarias, entre otras.

La Alcaldía indicó que las personas que requieran movilizarse por el Valle de Aburrá tendrán que estar debidamente identificadas y bajo el marco de las excepciones contempladas por la Gobernación de Antioquia.

En la capital antioqueña no regirá la ley seca para los próximos fines de semana, sin embargo, en todo el territorio nacional está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, según lo establece el Decreto 1076 de 2020 del Gobierno Nacional.

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