Según el decreto, habrá otros productos que estarán exentos del 19% del impuesto hasta el 31 de diciembre de 2020.
Es decir, que usted podrá comprarlos más económicos en cualquier día y no necesariamente el 19 de junio, 3 de julio o 19 de julio.
Estos son los locales que no cobrarán IVA el resto del año
El decreto señala en su título 11 que reducirán al 0% el impuesto al consumo en el expendio de comidas y bebidas.
Es decir, que los locales comerciales de restaurantes, bebidas, heladerías y cervecerías no cobrarán el IVA. También otros negocios dedicados a la gastronomía.
La idea es que con la reapertura de estos locales haya un incentivo al consumo. Pero mientras esto sucede, también se verá reflejado en los domicilios.
El título 11 dice:
Reducción de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas.
Artículo 9. Reducción de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas. Las tarifas del impuesto nacional al consumo de que tratan los artículos 512-9 y 512-12 del Estatuto Tributario se reducirán al cero por ciento (0%) hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2020.
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