La Superintendencia de Industria y Comercio expidió la Resolución 88919 del 28 de diciembre de 2017 por medio de la cual se reglamentó el control metrológico aplicable a los alcoholímetros. Ahora, la Policía deberá tener unos parámetros establecidos en los aparatos para poder realizar sus mediciones a los conductores.
«A partir del 1 de julio de 2018 productores e importadores de este tipo de instrumentos de medición deberán demostrar el cumplimiento de los requisitos técnicos y metrológicos fijados por la Superindustria mediante el respectivo certificado de conformidad. De no hacerlo, no podrán comercializar sus productos en Colombia», dijo la SIC en un comunicado.
Mediante esta medida regulatoria, se busca asegurar la calidad y confianza de las mediciones que se toman con estos instrumentos y con ello mejorar confianza a la ciudadanía frente a las razones que sirvieron para tomar medidas judiciales y administrativas.
De igual manera, la SIC ha exigido que a partir del segundo semestre de 2020, todos los alcoholímetros utilizados con fines judiciales o administrativos serán verificados anualmente por un Organismo Autorizado de Verificación Metrológica –OAVM designado por la SIC, para verificar que los instrumentos continúan siendo aptos para medir alcohol en sangre y tener la trazabilidad de cada uno de ellos.