Un conductor que transitaba por las calles de Medellín el pasado domingo, 1 de abril de 2018, y en su camioneta transportaba a un perro de gran tamaño en la parte posterior del vehículo, generó sentimientos de indignación cuando de un momento a otro se desató un fuerte aguacero.
El perro se mojaba en medio de los truenos y la fuerte lluvia, mientras su dueño lo ignoraba y los demás ciudadanos que observaban su estado, se indignaban. Es muy probable que el propietario del animal desconozca las consecuencias de transportar a su mascota en esas condiciones y aquí le contamos para que no le pase.
Según la Ley 1774 de 2016 y la Ley 84 de 1989, el propietario del perro estaría incurriendo en maltrato animal y tendría consecuencias legales.
El Capitulo VII de dicha ley se refiere al transporte de animales, en este se especifica en el Artículo 28, que indica que: «para el transporte de cuadrúpedos se emplearán vehículos que los protejan del sol o de la lluvia. Tratándose de animales más pequeños deberán ir en cajas o guacales que tengan suficiente ventilación y amplitud apropiada y su construcción será lo suficientemente sólida como para resistir sin deformarse el peso de otras cajas y objetos que se le coloquen encima, debiendo estar protegidos contra el sol, la lluvia y el frío.
Los transportadores que violen lo dispuesto en el capítulo sexto de esta Ley serán sancionados con pena de multa de diez mil ($ 10.000.00) a cien mil pesos ($ 100.000.00) sin menoscabo de otras normas que fuesen aplicables.
Si usted es testigo de este tipo de acciones debe anotar el número de la placa del vehículo, adjuntar alguna evidencia y denunciar en la Inspección Ambiental más cercana.
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