El hundimiento de la embarcación el pasado 25 de junio de 2017 en Guatapé se encuentra en proceso de investigación, pero las principales hipótesis apuntan a que la responsabilidad es compartida.
El viceministro de Transporte dijo en entrevista con El Colombiano que el control del transporte público fluvial de pasajeros se debe remitir a la Ley 1242 de 2008, que establece todo lo relacionado con el Código Nacional de Navegación y las actividades portuarias fluviales y que es responsabilidad de la empresa el control de la salida.
Respecto a lo que sucedió en Guatapé dijo que a pesar que la embarcación cumplía con las normas de transporte, “todo indica que hubo una falla en la prestación del servicio por las condiciones del mismo y los chalecos que debían ser iguales al número de pasajeros, más la tripulación. Todos debían estar usándolos”.
Además agregó que será la Superintendencia de Puertos y Transporte quien de la última palabra, ya que es a quién le corresponde “verificar estas supuestas irregularidades. Las investigaciones preliminares indican que se incumplió, pero le corresponde a la Superintendencia determinar la responsabilidad si o no de la empresa frente al uso y disposición de los chalecos para la seguridad de pasajeros”
En caso de que la Superintendencia determine a la empresa como responsable esta deberá pagar una sanción, “más de 516 millones de pesos, eso es la sanción mayor, pero dependerá de la investigación. Podría ir hasta la inhabilitación de la empresa para la prestación del servicio. Eso en caso de que se demuestren faltas graves”.